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Cuentas generales anuales de las entidades locales

En el ejercicio de la tutela financiera a las entidades locales que le corresponde a la Diputación Foral de Álava, ésta debe recibir antes del 31 de octubre de cada año las cuentas generales del año anterior.

Ayuntamientos, cuadrillas y consorcios.

Departamento Equilibrio Territorial.

  • Norma Foral 3/2004, de 9 de febrero, Presupuestaria de las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava (BOTHA nº 21, de 18 de febrero 2004).
  • Decreto Foral 56/2015, del Consejo de Diputados de 3 de noviembre, que aprueba el marco regulatorio contable de las entidades locales del Territorio Histórico de Álava. (BOTHA nº 133, de 13 de noviembre 2015).

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