Modelo 036: personas jurídicas

Tramitar

Plazos

Abierto

Sin perjuicio de  los plazos establecidos por la normativa propia de cada tributo o la del régimen fiscal aplicable, con carácter general los plazos de presentación de la declaración censal son los siguientes:

Alta                                                                                                                                                      

  • Plazo general: 1 mes desde la constitución o inicio de la actividad.
  • Retenciones e ingresos a cuenta: con anterioridad al inicio de la obligación de retener o ingresar a cuenta.
  • Registro de Operadores Intracomunitarios: con anterioridad a que se produzcan las circunstancias que permiten la inscripción en el Registro.

Modificación

  • Plazo General: 1 mes desde que se produce el hecho que obliga a presentar la declaración de modificación.
  • Regímenes Especiales de IVA: mes de diciembre del año anterior al que deba surtir efectos.
  • Registro de Operadores Intracomunitarios: con anterioridad a que se produzcan las circunstancias que permiten la inscripción en el Registro.

Baja                                           

  • Plazo de 1 mes desde la cancelación en el Registro Oficial correspondiente.

Más información

Las entidades colaboradoras (asesorías y gestorías) autorizadas por la Diputación Foral de Álava a presentar declaraciones-liquidaciones en nombre de terceras personas de acuerdo con lo previsto en el Decreto Foral 50/2001, podrán cumplimentar y presentar las declaraciones censales de sus clientes siempre que hayan solicitado la representación voluntaria de los mismos con, al menos, el nivel 2c. 

Contacto: Oficinas de la Hacienda Foral.

Acceda al Programa de Ayuda de Modelos Censales:

 

 

Aviso notificaciones electrónicas

Notificaciones electrónicas

Recuerde que desde el 07/09/2020 los contribuyentes del Impuesto de Sociedades están obligados a recibir las comunicaciones y notificaciones tributarias por medios electrónicos.

Tenga en cuenta que si transcurren 10 días naturales desde que la notificación se pone a su disposición, sin que acceda a su contenido en la Sede Electrónica, se entiende que la notificación ha sido rechazada y por tanto, notificada a todos los efectos legales. Puede activar sus notificaciones accediendo a la Sede Electrónica.
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