Realizar la solicitud de ayuda de la cosecha en verde

FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

La presentación por EL PROPIO BENEFICIARIO de la solicitud de ayuda de cosecha en verde para la compaña 2023-2024 en el Territorio Histórico de Álava deberá realizar de forma telemática en la siguiente dirección https://www.araba.eus/MahastiAraba

 

La presentación de solicitudes por PERSONAS/ENTIDADES AUTORIZADAS TELEMÁTICAMENTE en nombre del beneficiario se deberá realizar a través de la siguiente dirección https://e-s.araba.eus/wps/myportal/iniciarTramite_es?id=424

 

Así mismo, se pone a disposición de las personas que lo requieran, una oficina de apoyo a la presentación telemática que ofrecerá asistencia presencial en la presentación de solicitudes. Dicho personal de apoyo estará ubicado en la Casa del Vino (Ctra. Lapuebla s/n) en horario de 8:15 a 14:00 h.

Teléfonos para consultas: 945181818  

Extensiones: 

  • 56517
  • 56518
  • 56519

Teléfono para consultas relacionadas con la identificación electrónica BAKQ: 945 062 555

Para dicha presentación telemática es necesario disponer de medios de identificación digital. En el caso de personas físicas, la tarjeta BAKQ u otro medio de identificación de nivel medio u alto. Para más información: BakQ, la 'llave maestra' de la identificación electrónica para la ciudadanía (izenpe.eus)

Instrucciones para la presentación de solicitudes de ayuda
 

 

PLAZO DE EJECUCIÓN Y SOLICITUD DE PAGO: Hasta el 15 de julio de 2024

 

IMPORTE MÁXIMO DE LA AYUDA como suma de los dos siguientes conceptos:

  • COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR PÉRDIDA DE INGRESOS:  50% del precio de la uva (1,21 €/kg tinta y 1,03 €/kg blanca) x media de rendimiento en años de referencia (2017,2018, 2019) x superficie vitícola objeto de ayuda.

 

  • CONTRIBUCIÓN A LOS COSTES INCURRIDOS: 50% del valor de coste unitario (410,30 €/ha) de eliminación de racimos.

 

Importes condicionados a suficiencia presupuestaria, y a priorización de parcelas. La superficie vitícola objeto de ayuda será la delimitada por el perímetro externo de las cepas, más un margen cuya anchura corresponde a la mitad de la distancia entre hileras, tal y como se establece en el artículo 42 del reglamento delegado (UE) 2022/126 de la Comisión.

La ayuda por la cosecha en verde no se pagará si no se ha ejecutado en la totalidad de la superficie aprobada de cada parcela y si no se han eliminado todos los racimos de todas las cepas.

 

Tramitar

Plazos

Abierto

10/04/2024 - 29/04/2024

Documentación a presentar

  • En caso de haber marcado expresamente ME OPONGO a que sea consultado o solicitantes pertenecientes a EXPLOTACIONES FUERA de la Comunidad Autónoma del País Vasco: Certificado de estar al corriente en Hacienda

 

  • En caso de haber marcado expresamente ME OPONGO a que sea consultado: Certificado de estar al corriente en la Seguridad Social

 

  • En caso de solicitudes de ayuda por importe superior a 30.000 € y que la persona solicitante sea una sociedad que, de acuerdo con la normativa contable, no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada: Certificación emitida por un auditor inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas que acredite el cumplimiento de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Dicha certificación no podrá tener en ningún caso una antigüedad superior a un mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

 

  • En caso de necesitar más líneas de parcelas que las permitidas en la aplicación telemática, se debe anexar el siguiente documento con las restantes que queden por incluir en la solicitud.

 

Más información

SUPERFICIES ADMISIBLES: Parcelas vitícolas en buenas condiciones vegetativas de al menos 0,3 ha.  Superficie total máxima por solicitud de ayuda: 10 ha.

La superficie por parcela vitícola será igual o superior a 0,3 hectáreas (ha) y podrá estar formada por uno o más recintos completos. Se controlará ese límite según la superficie inscrita en el Registro Vitícola. En caso de no solicitar todos los recintos que conforman una parcela vitícola, se verificará el límite de 0,3 ha, sumando la superficie de aquellos recintos colindantes entre sí dentro de la parcela. Si se trata de recintos aislados entre sí dentro de la parcela vitícola, cada uno de ellos se contabilizará de forma independiente con relación a los requisitos de superficie.

EDAD MÍNIMA DEL VIÑEDO: Viñedos plantados en las campañas vitícolas 2019-2020 o anteriores.

MÉTODO DE ELIMINACIÓN DE RACIMOS: manual, quedando los racimos en las propias calles.

AUTORIZACIONES: en esta convocatoria, NO será necesaria la autorización del propietario de la parcela.

PUNTUACIÓN PARCELAS:

 

CRITERIOS DE PRIORIDAD

PUNTOS

Parcelas inscritas en una DOP y cuya superficie está destinada total o mayoritariamente a la producción de uva tinta.

 

2

Parcelas de viñedo plantadas con posterioridad al año 1980

2

 

Joven viticultor, entendiendo como tal aquel solicitante que no tenga más de 40 años de edad en el año en el que presenta la solicitud de ayuda.

Cuando el solicitante sea una persona jurídica y este criterio no pueda ser verificado directamente, dicha condición se deberá cumplir por al menos el 50% de las personas físicas con el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica, lo que exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad del capital social total de esta o que posean más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma. Joven viticultor, entendiendo como tal aquel solicitante que no tenga más de 40 años de edad en el año en el que presenta la solicitud de ayuda (se puntuará con 4 puntos).

Cuando el solicitante sea una persona jurídica, y este criterio no pueda ser verificado directamente, dicha condición se deberá cumplir por al menos el 50% de las personas físicas con el poder de decisión dentro de dicha persona jurídica, lo que exige que su participación en el capital social de la persona jurídica sea más de la mitad del capital social total de esta o que posean más de la mitad de los derechos de voto dentro de la misma.

1

Explotaciones inscritas en el registro de titularidad compartida de acuerdo con la Ley 35/2011, de 4 de octubre

1

¿Qué necesito?

    • Certificado digital
    • BAKQ

Vía telemática: En la Sede electrónica.
 

Tramitar