Inscripción de nuevo vehículo a una autorización de transporte de viajeros en autobús (VD), de privado complementario de viajeros (VPC) o de sanitario (VS y VSPC)

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Plazos

Abierto

Todo el año

Documentación a presentar

  • Justificante de  pago de la tasa.
  • Certificado de alta en el Censo de Obligados Tributarios, en el epígrafe correspondiente.
  • Documentación del vehículo:
    • Si es en régimen de propiedad o arrendamiento financiero: permiso de circulación y ficha técnica.
    • Si es en arrendamiento ordinario: contrato de arrendamiento.

 

En autorizaciones de viajeros en autobús VD, además:

  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Diputación Foral de Álava.
  • Certificado de estar en el régimen de la Seguridad Social y de estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
  • Acreditación, en su caso, de la nueva capacidad financiera exigida con los siguientes documentos:
    • Si es persona jurídica, documentación que acredite que capital y reservas suman la cuantía requerida, (si esa información no consta en el Registro Mercantil).
    • Si es empresario individual, documentación acreditativa de que sus vehículos tienen una antigüedad no superior a 12 años desde su primera matriculación:
    • Si dispone de ellos en régimen de propiedad o arrendamiento financiero: permiso de circulación  y ficha técnica.
    • Si es en arrendamiento ordinario: contrato de arrendamiento. por un plazo no inferior a 24 meses.
  • Si la persona jurídica no dispone de capital y reservas por la cuantía exigida o la persona física no cuenta con vehículos de menos de 12 años, puede aportar uno de estos dos documentos:
    • Acreditación de que una entidad financiera o de seguros actúa de garante solidario frente a sus acreedores hasta la cuantía obligada.
    • Acreditación de que la empresa tiene acceso a crédito de una entidad financiera hasta la cuantía obligada.

 

En autorizaciones de transporte público sanitario VS, además:

  • Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Diputación Foral de Álava.
  • Certificado de estar en el régimen de la Seguridad Social y de estar al corriente en el pago de las cuotas o de otras deudas con la Seguridad Social.
  • Certificaciones técnico-sanitarias e ITV en vigor del vehículo, que deberá tener una antigüedad no superior a 10 años.
  • Seguro de responsabilidad civil por daños en el transporte de hasta, al menos, 50 millones de euros.

 

En autorizaciones de transporte sanitario privado complementario VSPC, además:

  • Certificaciones técnico-sanitarias e ITV en vigor del vehículo, que deberá tener una antigüedad no superior a 10 años.
  • Seguro de responsabilidad civil por daños en el transporte de hasta, al menos, 50 millones de euros.
  • Documentación justificativa del número de personas enfermas o accidentadas que son trasladadas de forma habitual desde o hasta el centro.
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Más información

Durante la tramitación electrónica, la empresa puede dar su consentimiento para que la Diputación Foral de Álava consulte los datos obrantes en otras administraciones  con el objeto de comprobar el cumplimiento de los requisitos.

Si otorga el consentimiento, solo debe aportar:

  • Contratos de arrendamiento de los vehículos, en caso de tenerlos en arrendamiento ordinario.
  • Acreditación de la capacidad financiera, en su caso.
  • Certificaciones técnico-sanitarias e ITV en vigor para las VS y VSPC.
  • Seguro de responsabilidad civil.
  • Documentación justificativa del número de personas enfermas o accidentadas que son trasladadas de forma habitual desde o hasta el centro, para las VSPC.

En caso de que una vez realizada la consulta a la Agencia Estatal Tributaria / Hacienda Foral o Tesorería General de la Seguridad Social resulte un certificado negativo, el titular de la autorización pública VD o VS deberá aportar documentación acreditativa del aplazamiento, fraccionamiento o suspensión de la deuda para continuar con la tramitación.

La Diputación comprobará que la empresa titular ha pagado las sanciones en materia de transporte dictadas mediante resolución que ponga fin a la vía administrativa.

Más información sobre autorizaciones

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