Modelo 050: Solicitud de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos soportado por agricultores y ganaderos por la adquisición de gasóleo.

Plazos

Abierto

A partir del 1 de abril del año posterior a aquél en el que se realizaron las adquisiciones de gasóleo.

Más información

  • Solicitud a realizar por los agricultores y ganaderos que, en el año natural anterior, hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola efectivamente empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura y que, además, en relación con el ejercicio de estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Obligados Tributarios al que se refiere la Disposición Adicional Tercera de la Norma Foral 6/2005 General Tributaria de Álava.
  • Destinatarios/as: Agricultores/as y ganaderos/as, que en el año natural anterior, hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola efectivamente empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura y que, además, en relación con el ejercicio de estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Obligados Tributarios al que se refiere la Disposición Adicional Tercera de la Norma Foral 6/2005 General Tributaria de Álava.
  • Orden Foral 207 de 15 de marzo de 2012. 

Modelo 050: Solicitud de devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos soportado por agricultores y ganaderos por la adquisición de gasóleo.

  • Tramitación presencial: el modelo 050 se presentará en cualquiera de los Registros de la Diputación Foral de Álava o en las Oficinas Comarcales Agrarias situadas en Álava.
  • Direcciones y teléfonos