Modelo 557. Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.

Plazos

Abierto

Deberán presentarse dentro de los cinco primeros días hábiles del segundo mes siguiente a aquél en que se han producido los devengos o, en su caso, aquél en que finaliza el trimestre en que se han producido los devengos.

Más información

Presentación de las declaraciones que comprendan las operaciones realizada en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas, incluso cuando sólo tengan existencias.

Destinatarios/as: Fabricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas

  • Tramitación presencial. Servicio de Tributos Indirectos - Sección de IVA e Impuestos Especiales del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.
  • Direcciones y teléfonos