Solicitar licencias de caza

Tramitar

Plazos

Abierto

Documentación a presentar

Licencia de caza anual 

En el caso de haber superado examen de caza en el País Vasco o de alguna de las Comunidades homologadas (Asturias, Canarias, Galicia, Navarra, La Rioja, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura y Madrid).

Documentos: 

  • Certificado de examen

  • DNI.

Respecto a las personas vecinas de las Comunidades Autónomas homologadas, (Asturias, Canarias, Galicia, Navarra, La Rioja, Castilla y León, Castilla-La Mancha y Extremadura y Madrid), el certificado de examen podrá ser sustituido por la licencia de caza en vigor de las mismas. En este caso,

Documentos:

  • DNI

  • Licencia de caza en vigor de su comunidad de residencia

  • Certificado de empadronamiento

Licencia de caza temporal

Con carácter excepcional, la Sección de Caza y Pesca podrá expedir una licencia temporal de caza a personas residentes en otras Comunidades Autónomas, o en el extranjero, que carezcan de la licencia de caza de Euskadi y se encuentren en alguno de estos casos:

a) Personas que vayan a participar en competiciones oficiales de caza.

b) Personas que pretendan participar en recorridos de caza sin muerte, exhibiciones de cetrería o actividades similares que se realicen en zonas de actividades cinegéticas.

c) Personas que vayan a participar puntualmente en cacerías debidamente autorizadas.

Documentos:

  • DNI

  • Licencia de caza en vigor de su comunidad de residencia

  • Certificado de empadronamiento

  • Declaración jurada de no estar inhabilitado para el ejercicio de la caza ni tener pendiente el pago de sanción firme en materia de caza

El período máximo de validez de una licencia temporal será de quince días naturales consecutivos y cada persona podrá obtener un máximo de dos licencias temporales por cada temporada de caza.

La licencia temporal de caza no dará derecho a obtener licencia de caza de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Más información

  • Para obtener la primera licencia de caza es necesario haber cumplido 14 años (hasta la mayoría de edad, deberán estar autorizadas por la persona que legalmente les represente) y acreditar haber superado el examen de caza del País Vasco.

  • En el caso de personas extranjeras se podrá presentar N.I.E. o el pasaporte en vigor. 

  • No son homologables las licencias interautonómicas para la obtención de licencia de caza anual.

¿Qué necesito?

  • B@KQ

De forma presencial:

Oficinas de la Sección de Caza y Pesca 
Plaza de la Provincia, 5-bajo 
01001 Vitoria-Gasteiz

A través de correo electrónico: licenciascazaypesca@araba.eus

Direcciones y teléfonos de atención ciudadana

Tramitar