Solicitar título de familia numerosa

Plazos

Abierto

Disponible todo el año tanto para la solicitud de información como para la declaración de idoneidad.

Documentación a presentar

Para solicitar una cita para el título de familia numerosa es necesaria la presentación de los siguientes documentos:

Copia de la siguiente documentación, que deberá ir acompaña del original, para su cotejo.

 

  • DNI

    • Si alguna persona integrante de la unidad familiar no tiene nacionalidad española, tendrá que aportar;

      • Documentación acreditativa de la RESIDENCIA LEGAL EN ESPAÑA, incluido pasaporte o DNI del país de origen en vigor para integrantes de países miembros de la Unión Europea o del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. 

  • Libro de familia en la que estén incluidos todos los hijos e hijas que formen parte de la unidad familiar, o, en su caso, certificado registral individual del nacimiento de los hijos o hijas no incluidas en el Libro de Familia.

  • Acreditación actualizada de empadronamiento del ascendiente o ascendientes, que incluirá la rela­ción de todas las personas residentes en el domicilio.

Otra documentación específica según el caso:

  • En el supuesto de personas mayores de 21 años de edad, certificado de estudios expedido por el centro educativo o entidad en el que se haya matriculado e información fiscal del ejercicio anterior.

  • En el supuesto de tutela, acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción, copia de la resolución judicial o administrativa constitutiva de la misma.

  • En el supuesto de que alguna de las personas que integran la unidad familiar tenga reconocida una discapacidad con un porcentaje igual o superior al 33%, acreditación del reconocimiento del grado de discapacidad vigente.

  • En el supuesto de que hubiese fallecido uno o ambos progenitores, certificado de defunción o declaración judicial de fallecimiento.

  • En el supuesto de nulidad matrimonial, separación judicial o divorcio: copia de la resolución judicial mediante la que se apruebe el convenio regulador de medidas paterno-filiales.

  • En el caso de que ambos progenitores soliciten, simultáneamente, el reconocimiento de la condición de familia numerosa: acuerdo en el que se determine quién de los dos progenitores figurara como titular del Título de Familia Numerosa, durante el primer año, y, en su caso, con qué frecuencia quieren alternar dicha titularidad. En defecto de acuerdo entre ambos progenitores, la expedición del Título de Familia Numerosa se realizará a favor del progenitor con el que estén empadronados los hijos o las hijas en ese momento. EN TODO CASO, el Título tendrá una vigencia anual y alternativa, nunca simultánea.

En caso de que no presente esta documentación, su expediente no podrá ser correctamente tramitado.

- Oficina de información y atención social 

C/San Prudencio, 30 – 01005 Vitoria-Gasteiz

- Servicio Social de Base correspondiente al domicilio de la persona solicitante

 

Solicitud de nuevo título de familia numerosa

 

 

Renovación del título de familia numerosa