Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras zonas con limitaciones específicas

Plazos

Cerrado

Del 1 de febrero al 30 de abril de 2022.

Documentación a presentar

Declaración responsable de tiempo en horas de dedicación a la actividad no agraria.

Más información

Para poder ser beneficiario de esta ayuda se debe tener la consideración de Agricultor a Título Principal (ATP) y se debe declarar superficie en municipios calificados como zona de montaña o zonas con limitaciones naturales significativas distintas de las de montaña.

La superficie máxima subvencionable por explotación es de 30 ha, recibiendo las 15 primeras la prima completa, y en el resto de la superficie la prima se disminuye progresivamente:

  • de 15 a 25 ha disminuye al 60%
  • del 25 a 30 ha disminuye al 20%
  •  la superficie por encima de 30 ha no genera derecho a prima.

En las explotaciones asociativas, se incrementan los pagos proporcionalmente al número de socios considerados agricultores a título principal, hasta un máximo de dos ATP por explotación asociativa (y como máximo 60 ha/explotación).

El importe de ayuda se calculará teniendo en cuenta que la prima por hectárea para las superficies ubicadas en zonas de montaña será de 297,00 euro/ha. y en otras zonas con limitaciones naturales 214,00 euro/ha.