null Pagos por Servicios Ambientales

Pagos por Servicios Ambientales

Pagos por Servicios Ambientales que contribuyen a la conservación de hábitats, especies de fauna y flora y espacios o figuras legales de conservación.

Puede ser beneficiario de PSA cualquier persona física o jurídica, pública o privada, excluidas las entidades locales con población superior a 400 habitantes, que sean propietarios de terrenos o explotaciones con derecho a uso de los espacios que generen los servicios ambientales por uso, aprovechamiento o propiedad, en el Territorio Histórico de Álava.

Diputada Foral de Sostenibilidad, Agricultura y Medio Natural.

Convocatoria 2024

Orden Foral 264/2024, de la diputada de Sostenibilidad, Agricultura y Medio Natural, de 21 de mayo, que aprueba la convocatoria pública, en concurrencia competitiva, para el ejercicio 2024 de pagos por servicios ambientales sobre la base de lo establecido en el Decreto 51/2011, que aprobó la modificación de las bases generales reguladoras correspondientes a los pagos por servicios ambientales y a los pagos por compensación por lucro cesante en el Territorio Histórico de Álava

 

Bases reguladoras

Decreto Foral 51/2011, del Consejo de Diputados de 2 de agosto, que aprueba la modificación de las bases generales reguladoras correspondientes a los pagos por Servicios Ambientales y a los pagos por Compensación por Lucro Cesante en este Territorio Histórico, que fueron aprobadas por el Decreto Foral 50/2010, de 19 de octubre.

Un mes. 

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