null Informes de calificación a efectos fiscales

Informes de calificación a efectos fiscales

Si su empresa ha desarrollado un proyecto de innovación durante el ejercicio 2023, puede conseguir una deducción fiscal en el Impuesto de Sociedades. Para ello, puede solicitar un informe de calificación a efectos fiscales hasta las 14 horas del 15 de marzo de 2024, que será emitido por el Servicio de Desarrollo Económico e innovación de la Diputación Foral de Álava, antes del 30-06-2024.

A través de este servicio gratuito las empresas alavesas pueden presentar propuestas de proyectos de Innovación con avance tecnológico que, una vez evaluadas positivamente, llevarán a la emisión de un Informe Técnico de Calificación a Efectos Fiscales vinculante para la Diputación Foral de Álava en el impuesto de Sociedades. El objetivo principal de este servicio es incentivar, impulsar y fomentar las actividades de Innovación en las empresas alavesas dotando de una mayor seguridad jurídica a la aplicación de deducciones fiscales en el Impuesto de Sociedades.

Los informes de calificación de proyectos de I+D, correspondientes al artículo 62 de la Norma Foral del impuesto de sociedades, serán emitidos por la SPRI o por una entidad debidamente acreditada por un organismo integrado en la Asociación Europea de Cooperación para la Acreditación.

 

 

Concepto de Innovación Tecnológica, a efectos fiscales

Según lo dispuesto en el artículo 63.2 de la Norma Foral 37/2013, de 13 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades del Territorio Histórico de Álava, “es innovación tecnológica aquel avance tecnológico que permite la introducción en el mercado de nuevos o mejorados bienes o servicios, o la implantación de nuevos o mejorados procesos de negocio en la empresa para contribuir a su mejora competitiva.

A estos efectos, se considerarán nuevos o mejorados aquellos bienes, servicios o procesos de negocio cuyas características o aplicaciones, desde el punto de vista tecnológico, difieran significativamente de las existentes con anterioridad como consecuencia de la utilización de nuevas tecnologías o debido a nuevas utilizaciones o combinaciones de tecnologías ya existentes, en los términos que reglamentariamente se establezca.

No se considerarán actividades de investigación y desarrollo ni de innovación tecnológica: 

  • a) las actividades que no impliquen una novedad científica o tecnológica significativa. 
  • b) la planificación de la actividad productiva. 
  • c) control de calidad, normalización de productos y procesos, ciencias sociales y estudios de mercado, formación del personal, etc.

Empresas sujetas a normativa alavesa en su Impuesto sobre Sociedades

Departamento de Desarrollo Económico e Innovación.

Servicio de Desarrollo Económico e Innovación

Acuerdo interdepartamental entre el Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos y el Departamento de Desarrollo Económico e Innovación

Será emitido por el Servicio de Desarrollo Económico e innovación de la Diputación Foral de Álava, antes del 30-06-2024.

¿Qué necesita hacer?

Tramitación electrónica En plazo
Informes de calificación de proyectos de innovación tecnológica, a efectos fiscales, para el ejercicio 2023

Tramitación electrónica

En plazo

Iniciar