Adscripción de nuevo gestor de transporte

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Plazos

Abierto

Documentación a presentar

  • Solicitud de adscripción del gestor cumplimentada y firmada
  • Solicitud online cumplimentada por la empresa titular de la autorización.
  • Documentación que acredite la vinculación del gestor con la empresa:
    • Si el gestor es socio/a: documentación que acredite que su participación en el capital social es igual o superior al 15 %.
    • Si es gestor de varias personas jurídicas vinculadas entre sí, documentación que acredite que el mismo titular (bien sea persona física o jurídica) posee más del 50 % de las esas empresas.
  • Documentación sobre la situación laboral:
    • Alta en autónomos o régimen de la Seguridad Social que corresponda, si es socio-gestor, empresario individual o mantiene una relación de parentesco con el titular de la autorización que permita este tipo de alta en la Seguridad Social.
    • Alta en el Régimen General de la Seguridad Social a tiempo completo en un grupo de cotización no inferior al que corresponda a los jefes administrativos y de taller.
  • Si antes era gestor de otra empresa y así consta aún en el Registro de Registro de Empresas y Actividades de Transporte, renuncia expresa a ser gestor en esa empresa firmada electrónicamente.

Más información

Para realizar este trámite, no hay que abonar ninguna tasa.

 

Las empresas titulares de autorizaciones MDP, VD y OT deben contar en todo momento con un gestor de transporte, salvo en los casos de fallecimiento o incapacidad física permanente, en los que la normativa permite un periodo de carencia temporal. El incumplimiento da lugar a la suspensión de la autorización de transporte.

 

El gestor debe cumplir el requisito de honorabilidad y tener un vínculo real con el titular de la autorización.

  • Si el titular es una persona física:
    • Si el propio titular es el gestor, debe estar de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
    • Si el gestor tiene relación de parentesco con el titular, puede darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos si lo permite la normativa.
    • Si no, el gestor debe estar contratado a tiempo completo y en el Régimen General de la Seguridad Social, en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller.
  • Si el titular es una persona jurídica:
    • Si el gestor es un/a socio/a, debe acreditar que su participación en el capital social es igual o superior al 15 % y estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
    • Si no, el gestor debe estar contratado a tiempo completo y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en un grupo de cotización no inferior al de los jefes administrativos y de taller.

Una misma persona puede ejercer como gestor de distintas personas jurídicas si el capital de estas pertenece en más de un 50 % a un mismo titular. En este caso, solo debe tener contrato con una de las empresas, aunque debe realizar las funciones encomendadas en todas.

Durante la tramitación electrónica, la empresa puede dar su consentimiento para que la Diputación Foral de Álava consulte los datos obrantes en otras administraciones  con el objeto de comprobar el cumplimiento de los requisitos.

Si otorga el consentimiento, solo debe aportar:

  • Acreditación de la participación social igual o superior al 15 %si es un socio-gestor.
  • Acreditación de una participación superior al 50% en las personas jurídicas, en el caso de que una misma persona sea gestor de varias personas jurídicas vinculadas.

Renuncia expresa a ser gestor de otra empresa, si aún consta como tal en el sistema.

¿Qué necesito?

  • Certificado Digital

SOLO TRAMITACIÓN ELECTRÓNICA

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