Ayudas al asesoramiento técnico en fruticultura - egoitza
Ayudas al asesoramiento técnico en fruticultura
Plazos
Del 7 de mayo al 3 de junio de 2024
Documentación a presentar
A.- Con carácter general:
-
Cuando la persona solicitante se oponga a que el Departamento de Agricultura realice las consultas correspondientes, se deberá aportar junto con la solicitud el certificado de hallarse al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social y de estar al corriente con las obligaciones fiscales de todas las personas que componen la explotación, y en caso de persona jurídica, tanto de esta como de las y los socios, además del certificado de la Seguridad Social o recibo de la Seguridad Social para acreditar que la persona solicitante está en activo a fecha fin de plazo de presentación de solicitudes.
-
Hoja de compromisos que adquiere la persona o entidad solicitante, firmada por la persona titular o su representante legal.
-
Declaración de no haber solicitado ayuda para la misma inversión a otras instituciones.
-
Declaración responsable de la coincidencia de las copias con los originales
B.- En las ayudas al asesoramiento técnico en fruticultura, además deberá presentar:
-
Presupuesto o factura proforma del servicio de asesoramiento o, en su caso, factura y comprobante de pago según se dispone en el artículo 14.
¿Qué necesito?
BAK
BAKQ
Certificado Electrónico
Las solicitudes se presentarán en:
-
Registro General de la Diputación Foral de Álava
-
Registro de las Oficinas de Hacienda de Vitoria-Gasteiz, Laguardia y Llodio.
-
Cualesquiera del resto de registros que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-
No obstante, en cumplimiento del artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en todo caso están obligados a presentación telemática a través del trámite específico accesible a través de la sede electrónica, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y para los trámites que realicen en el ejercicio de dicha actividad y quienes representen a una persona interesada obligada a relacionarse electrónicamente con la Administración.”