Modelo 391. IVA. Régimen Simplificado. Declaración-Liquidación.

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Plazos

Abierto

Durante los treinta primeros días naturales del mes de enero del año inmediatamente siguiente al que corresponde la declaración-liquidación anual

Documentación a presentar

En el caso de declaraciones sustitutivas deberá adjuntarse escrito explicando el motivo de la presentación.

Más información

Presentación de la declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido por parte de los obligados tributarios que deban tributan por el Régimen  Simplificado. Anual y liquidativa del último trimestre.

Los considerados por la normativa de IVA como empresarios o profesionales que tengan la obligación de tributar por el Régimen Simplificado.

Normativa:

¿Qué necesito?

Tramitación presencial para los no obligados a su presentación telemática, que se efectuará en las Oficinas de la Hacienda Foral si resultase a compensar o nula y en las entidades financieras colaboradoras si resultase a ingresar.

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