TR Ayudas Seguros Ganaderos - egoitza
Solicitar ayudas seguros ganaderos
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes será entre los días 1 y 21 de junio de 2024, ambos inclusive.
Documentación a presentar
Con carácter general:
- Impreso de solicitud - PDF
- Fotocopia del DNI o CIF
- Declaración responsable de no hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria establecidas en la Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava.
- Certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante podrá delegar expresamente en el Departamento de Agricultura para que solicite a los servicios correspondientes, dichos certificados.
- Copia de la póliza realizada con agroseguros.
Si la solicitante es persona jurídica, además deberá presentar:
- Si no constan en el Departamento de Agricultura, escrituras públicas de constitución o de modificación de la sociedad, debidamente inscritas en el registro público correspondiente y estatutos de la entidad.
- Acreditación del poder de representación que ejerza la persona que firme la solicitud.
- Si no constan en el Departamento de Agricultura, fotocopia del DNI de todos los miembros de la sociedad, si se trata de sociedad civil, comunidad de bienes, comunidad hereditaria o entidad de titularidad compartida.
Más información
Estas ayudas están reguladas por el Decreto Foral 12/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 14 de marzo, que aprueba las bases reguladoras de ayudas destinadas a apoyar a explotaciones ganaderas de este Territorio Histórico para la contratación de seguros ganaderos que cubran los riesgos sanitarios de las explotaciones de ganado vacuno de reproducción y de aves.
El Departamento de Agricultura de la DFA realiza una convocatoria anual de estas ayudas.
La cuantía de las ayudas será la que resulte de aplicar un porcentaje de hasta el 65% al coste de la parte de las pólizas suscritas con “AGROSEGUROS” que cubran los riesgos sanitarios.
A estos efectos se considerarán subvencionables las líneas de seguros que cubran:
- Garantías básicas de ganado vacuno que incluyan riesgos por campañas de saneamiento ganadero.
- Garantías adicionales de ganado vacuno de saneamiento extra.
- Garantías adicionales de ganado vacuno de pérdida de pastos estivales e invernales.
- Garantías básicas de explotaciones aviares que cubran los riesgos por salmonellas.
Para el cálculo de esta subvención se descontarán las otorgadas por otras administraciones públicas. En ningún caso la suma total de las subvenciones podrá superar el 65 por ciento del importe de la póliza.
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las personas físicas y jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:
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Ser titular de explotación ganadera debidamente inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas del Territorio Histórico de Álava y mantener correctamente identificadas, notificadas y registradas las reses en las bases de datos de efectivos ganaderos de la Diputación Foral de Álava, cuando sea obligatorio.
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Tener el domicilio fiscal en el Territorio de la Unión Europea.
En el caso de persona jurídica se entenderá cumplido este requisito cuando tanto el domicilio fiscal y social de la persona jurídica o entidad como el de al menos el 50 por ciento de los socios y socias que a su vez posean una participación de al menos el 50 por ciento del capital social esté situado en algún lugar del territorio de la Unión Europea.
Cuando este requisito no se cumpla por la totalidad de los socios y socias, la indemnización a conceder se reducirá en una proporción igual a la participación de los que no lo cumplan.
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No haber sido las personas beneficiarias sancionadas por infracciones de la normativa vigente en materia de sanidad animal en los últimos tres años anteriores al año en que se solicitan las ayudas.
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Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, conforme a la normativa vigente. En caso de sociedad civil o comunidad de bienes, deberá acreditarse esta situación tanto de la sociedad como de los socios o comuneros.
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No encontrarse incursa o incurso en un procedimiento de reintegro o sancionador.
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No estar la persona solicitante sancionada administrativa ni penalmente por haber incurrido en discriminación por razón de sexo en virtud de la Ley 4/2005 de 18 de febrero, para igualdad de mujeres y hombres.
¿Qué necesito?
BAKQ
Certificado electrónico
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación Foral de Álava o en las Oficinas Comarcales Agrarias en impreso normalizado y acompañadas de la siguiente documentación, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Ley 39/2015, de 1 octubre