Solicitud de alta de un vehículo agrícola

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Plazos

Abierto

Documentación a presentar

  • Impresos de Alta, debidamente cumplimentados (estos impresos también se facilitan en la propia oficina del Registro de Maquinaria Agrícola).
  • Fotocopia del D.N.I. o C.I.F de la persona que vaya a figurar como titular de la máquina en el Registro.
  • Fotocopia de la factura de compra de la máquina a inscribir.
  • Factura de compra o contrato de compraventa, "leasing", "renting", etc. En cualquiera de ellos se especificará claramente la marca y denominación comercial (modelo) de la máquina, que deberá coincidir con los datos reflejados en la tarjeta ITV o en el certificado de características técnicas. 
  • Certificado de Características o Ficha Técnica de la máquina a inscribir.
  • Fotocopia del Certificado de la Cabina de Seguridad (si lo tiene).
  • Fotocopia de la Declaración de Conformidad CE para todas las máquinas, excepto tractores de ruedas.
  • En las máquinas remolcadas y suspendidas, exentas de disponer de la tarjeta ITV, se substituirá por el certificado de características técnicas para este tipo de máquinas, según el modelo indicado en los anexos IV o V, expedido por el fabricante o su representante legal. Si se trata de una cisterna para distribuir purín y va equipada con elementos o sensores que gestionen o mejoren la distribución, se cumplimentará el anexo VI.

  • En el caso de miembros de una Sociedad Civil, Entidad de Titularidad Compartida o Comunidad de Bienes que no tengan explotación agrícola, podrán inscribir maquinaria a su nombre si cumplimentan el impreso Declaración afección a la SC. 

Más información

IMPORTANTE
  • No podrán inscribirse en el ROMA aquellos tractores agrícolas usados procedentes de otros Estados miembros carentes de estructura de protección.

  • No podrán registrarse aquellos tractores agrícolas usados procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea cuya fecha de puesta en servicio en el país de origen sea anterior al 30 de junio de 2001.

  • No podrán registrarse aquellas máquinas automotrices usadas procedentes de otros Estados miembros de la Unión Europea cuya fecha de puesta en servicio en el país de origen sea anterior al 31 de diciembre de 1998.

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