Tramitar Registro Vitícola

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Plazos

Abierto

Fechas importantes a tener en cuenta:

  1. Caducidad de derechos generados antes del 1 de enero de 2016: 31 de diciembre de 2025. No obstante, deberán solicitar conversión de derechos en autorización administrativa antes del 31 de diciembre de 2022.

  2. Plazo para solicitar una replantación: hasta el final de la segunda campaña siguiente a la que se generó la Resolución de arranque.

  3. Plazo para ejecutar la plantación: 3 años naturales a partir de la notificación de la Resolución de autorización de la plantación.

Documentación a presentar

 

Más información

El procedimiento de solicitud es el siguiente:

  1. Solicitud de arranque:

  1.  Solicitar autorización de arranque, previo al mismo.
  2.  Tras las comprobaciones pertinentes se autorizará o denegará el arranque.
  3.  Comunicación de arranque por parte del viticultor.
  4.  Se comprueba en campo y se genera la Resolución de arranque que es la que dará derecho a realizar una replantación. La solicitud, autorización, arranque y comunicación debe hacerse dentro de la misma campaña vitícola.

 

  1. Solicitud de replantación:

  1.  Solicitar autorización de replantación, previa a la misma.
  2.  Se emite una Resolución de autorización de plantación.
  3.  Una vez ejecutada la plantación el viticultor deberá comunicarla antes de la caducidad de la validez, adjuntando copia de la factura emitida por el vivero.
  4.  Se mide la plantación y se inscribe en el Registro Vitícola.

 

  1. Resto de solicitudes:

  1.  Solicitar modificación.
  2.  Tras las comprobaciones pertinentes se autorizará o denegará la modificación.

¿Qué necesito?

Servicio de viticultura y enología (Casa del vino)

Ctra. Lapuebla, s/n

01300 Laguardia

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