Programa de garantías al alquiler de viviendas de la Diputación Foral de Álava

Personas arrendadoras

  1. Personas físicas propietarias de viviendas en núcleos de población ubicados en municipios menores de 20.000 habitantes.
  2. Personas jurídicas privadas cuya actividad principal no sea la venta de bienes y servicios en condiciones de mercado ni la gestión de patrimonios propietarias de viviendas en núcleos de población ubicados en municipios menores de 20.000 habitantes.

Personas arrendatarias

Personas físicas con la solvencia necesaria y que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Ser mayor de edad a la fecha de solicitud.
  2. Residir en el Territorio Histórico de Álava o en el enclave de Treviño de manera continuada e ininterrumpida, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de participación en este programa.
  3. Las personas solicitantes de la vivienda no serán titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en el Territorio Histórico de Álava o el Enclave de Treviño.
     

Servicio de Administración Local y Reto Demográfico

Decreto Foral 13/2025, de 13 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar el programa de garantías al alquiler de viviendas de la Diputación Foral de Álava.

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