Solicitar convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas de creación y difusión cultural

Plazos

Cerrado

Del 5 al 26 de marzo de 2026, ambos inclusive. 

Documentación a presentar

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

1. Proyecto del programa cultural. El proyecto en ningún caso debe superar las 50 páginas. Para su elaboración, se propone el siguiente guion:

  • Fundamentación del proyecto.
  • Formulación de objetivos.
  • Descripción del proyecto.
  • Carácter innovador, multidisciplinar y transversal.
  • Trayectoria y consolidación de la propuesta a lo largo del tiempo.
  • Metodología y planificación de las actividades. Cronograma del proyecto.
  • Ámbito territorial de las actividades.
  • Impacto cultural, dentro y fuera de las localidades en las que se desarrolla el proyecto.
  • Impacto social. Población a la que se dirige el proyecto.
  • Recursos materiales y humanos.
  • Redes de colaboración establecidas.
  • Seguimiento y evaluación.
  • Comunicación y difusión del programa.
  • Nivel de financiación y viabilidad de la propuesta.
  • Utilización del euskera. Objetivos y acciones para su promoción.
  • Medidas para eliminar desigualdades y promover la igualdad de mujeres y hombres.
  • Promoción de la tolerancia, la inclusión social y la diversidad cultural.
  • Criterios medioambientales.

 

2. Presupuesto de ingresos y gastos desglosado. El presupuesto deberá indicar claramente si el IVA es un concepto subvencionable para la entidad solicitante.
Será imprescindible la presentación del proyecto y presupuesto adjunto a la solicitud en plazo y forma establecidos en estas bases. La mera presentación de la solicitud sin ir acompañada del proyecto y del presupuesto supondrá la desestimación de la misma.

 

3. Documentación administrativa que deberán presentar: 

  • En su caso, certificado de exención de IVA expedido por la administración tributaria competente.
  • En su caso, certificado de los agentes implicados que acredite la colaboración en el desarrollo del programa (redes de colaboración establecidas).

La justificación se llevará a cabo a través del apartado de Mi área personal de la Sede electrónica, clicando en Mi carpeta

Más información

Servicio de Acción Cultural

Dirección: Plaza de la Provincia, 5-3º. 01001 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945 18 18 18 

¿Qué necesito?

  • BAKQ

    Certificado digital 

1. Las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y para los trámites que realicen en el ejercicio de dicha actividad y quienes representen a un interesado obligado a relacionarse electrónicamente con la administración están obligados a presentar la solicitud a través del trámite específico accesible en la sede electrónica. Todo ello en cumplimiento del artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Las personas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas podrán presentar su solicitud presencialmente en:

  • Registro General de la Diputación Foral de Álava.

  • Registro de las Oficinas de Hacienda de Vitoria-Gasteiz, Laguardia y Llodio.

  • Cualesquiera del resto de registros que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las solicitudes presentadas en la forma recogida en este punto deberán adecuarse al modelo del anexo II de esta convocatoria.

3. En caso de presentarse la solicitud de forma conjunta por varias entidades deberán especificarse los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, teniendo todas las entidades la consideración de beneficiarias. Asimismo, deberá nombrarse una persona o entidad como representante o apoderada única de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como persona beneficiaria, corresponden a la agrupación, y con la que se conocerán el resto de las actuaciones derivadas de la tramitación de la solicitud.