La denuncia deberá contener el mayor número de datos conocidos que sean necesarios para la identificación, por la Inspección de los Tributos, de las personas denunciadas, tales como nombre y apellidos o denominación social y cuantos datos de localización sean posibles.
Deberán concretarse suficientemente los datos y hechos denunciados y acompañar la documentación de que se disponga para acreditar tales extremos.
Más información
Una vez recibida la denuncia se dará traslado de la misma a la Inspección de Tributos de la Diputación Foral de Álava.
Este Servicio realizará el análisis y, en su caso, investigación de los datos y hechos contenidos en la denuncia, y procederá a su archivo si estima que la denuncia es infundada.
No se considerará al denunciante interesado en la actuación administrativa que pudiera iniciarse a raíz de la denuncia, ni legitimado para interponer recursos o reclamaciones en relación con los resultados de la misma.
Tramitación presencial, por escrito, por teléfono o por correo electrónico.