Aportación de justificantes de pago de facturas

Plazos

Cerrado

En el supuesto de que los justificantes de pago de las facturas subvencionadas no hayan sido acreditados con anterioridad a la resolución de concesión, la entidad beneficiaria deberá presentar los justificantes de pago en un plazo máximo de 3 meses desde el abono de la subvención.

Documentación a presentar

  • Justificante/s de pago de la/s factura/s subvencionada/s

  • Declaración responsable, firmada por la Secretaría del Ayuntamiento, de la coincidencia de la documentación presentada con la original.

¿Qué necesito?

  • Certificado electrónico

    Una vez concedida la subvención deberá acceder a ‘Mis expedientes’ de la Sede Electrónica y anexar la documentación al Expediente iniciado en la Solicitud.

A través de la Sede Electrónica