PR Autorización previa de centros y servicios - egoitza
Servicio de registro e inspección de servicios sociales. Autorización previa de centros y servicios
Servicio de registro e inspección de servicios sociales.
Entidades que tengan previsto instalar centros y servicios sociales.
Mediante Orden Foral del Diputado o Diputada de Servicios Sociales, previo informe del Servicio de Registro e Inspección de Servicios Sociales dependiente de la Dirección de Servicios Sociales.
DECRETO 40/1998, de 10 de marzo, por el que se regula la autorización, registro, homologación e inspección de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Plazo máximo para la resolución y notificación
Tres meses a partir de la presentación de la solicitud y documentación legalmente exigible.
Efectos del silencio administrativo
Se entiende estimada la solicitud si en dicho plazo no se adopta resolución expresa.
¿Qué necesita hacer?
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