Autorización previa para la vivienda vinculada - egoitza
Autorización previa para la vivienda vinculada
Autorización previa al otorgamiento de licencia de construcción vinculada a una explotación hortícola o ganadera cuando ésta haya de ser empleada como vivienda habitual por el titular
Titulares de explotación hortícola o ganadera
Secretaría Técnica de Agricultura
Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo, artículo 31.
Decreto Foral 76/2006, del Consejo de Diputados de 29 de noviembre, que regula el procedimiento para la concesión de autorizaciones por el Departamento de Agricultura, con carácter previo a la licencia municipal de construcción de vivienda vinculada a explotación agrícola o ganadera en suelo no urbanizable.
Decreto Foral 8/2007, de 25 de enero, que complementa la regulación del procedimiento establecido por el Decreto Foral 76/2006, para la autorización previa al otorgamiento de licencia municipal de construcción de vivienda vinculada a una explotación agraria y ganadera.
Plazo máximo para la resolución y la notificación: 3 meses
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