PR Ayudas económicas extraordinarias para familias acogedoras y al seguimiento post-acogimiento familiar - egoitza
Ayudas económicas extraordinarias para familias acogedoras y al seguimiento post-acogimiento familiar
Servicio de promoción y apoyo técnico al acogimiento familiar
Son ayudas económicas extraordinarias, que se conceden de oficio, para hacer frente a gastos específicos debidamente acreditados, que requieran de un gasto extraordinario para la debida atención de la persona menor de edad acogida y que no se encuentren cubiertos por cualquier sistema público.
Familias acogedoras que hayan formalizado un acogimiento familiar en el Territorio Histórico de Álava y las familias ex-acogedoras que mantienen la convivencia con el o la joven una vez alcanzada la mayoría de edad.
Consejo de Administración del Instituto Foral de Bienestar Social.
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Decreto Foral 35/2021, del Consejo del Gobierno Foral de 27 de julio. Aprobar la normativa reguladora de las compensaciones económicas ordinarias para el apoyo al acogimiento familiar y a la convivencia una vez finalizada la medida de acogimiento familiar.
Plazo máximo para la resolución y notificación
Tres meses desde la recepción de la solicitud completa.
Efectos del silencio administrativo
En el caso de las ayudas económicas extraordinarias, se entenderá desestimada la solicitud, trascurridos tres meses desde su presentación, sin perjuicio del deber del IFBS de resolver expresamente lo que proceda.
¿Qué necesita hacer?
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