null PR Centro ocupacional para personas con enfermedad mental

Centro ocupacional para personas con enfermedad mental

Este servicio o centro favorece la participación activa de las personas con enfermedad mental en la vida social, a través de programas de desarrollo personal que giran en torno a la actividad productiva con el fin de favorecer su acceso al empleo, cuando resulte posible.

Se dirige a facilitar el desarrollo sociolaboral de las personas usuarias, fomentando su autonomía personal y su autodeterminación y favoreciendo un mayor reconocimiento y valoración social de las mismas.

Personas con enfermedad mental crónica de entre 18 y 64 años, que:

  • Acrediten tener una enfermedad mental crónica diagnosticada por Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, y encontrarse en seguimiento médico y social desde el Centro de la Red de Salud Mental del Servicio Vasco de Salud - Osakidetza.

  • No precisan tratamiento de deshabituación de consumos de tóxicos (alcohol y drogas), ni realizan consumos habituales de los mismos.

  • No presentan conductas violentas o padecer trastornos graves de conducta y/o comportamientos que puedan distorsionar gravemente el funcionamiento del centro o la normal convivencia en el mismo.

  • En función de la valoración y diagnóstico, que precisan adquirir capacidades para la autonomía y la integración social, en general, y para la integración sociolaboral, en particular, y presentan dificultades para acceder, de forma inmediata o a corto plazo, al empleo.

  • Disponen de las capacidades y habilidades básicas para poder participar en las actividades ocupacionales y en el resto de actividades del servicio o centro ocupacional.

Dirección-Gerencia IFBS 

  • Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

  • Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.

  • Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales de Álava.

  • Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.

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