Justificación de actividades/programas

Plazos

Cerrado

Podrá realizarse en dos plazos diferenciados, tras la finalización de la actividad subvencionada. Las entidades deportivas podrán decidir si presentan la justificación en el primer plazo, en el segundo o en ambos.

  • Primer plazo: 15 de abril de 2024 (incluido). Se podrán justificar los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2023 y el 31 de marzo de 2024

  • Segundo plazo: 15 de julio de 2024 (incluido). Se podrán incluir gastos realizados en todo el período subvencionable.

Documentación a presentar

  • Memoria Justificativa (Anexo I).

  • Relación clasificada de gastos e ingresos de la actividad según modelo propuesto (Anexo II).

  • Facturas o documentos de justificación de gasto que, individualmente o de forma conjunta para un mismo concepto de gasto, y relacionado con un mismo tercero o proveedor, superen la cantidad de 1.000,00 euros (IVA no incluido).

  • Justificantes de pago de los gastos subvencionables de importe superior a 1.000,00 euros.

  • En caso de que la entidad esté exenta del impuesto sobre el valor añadido (IVA) y se haya opuesto en la solicitud a la comprobación de oficio, certificado de exención correspondiente.

  • En caso de gastos de personal y de haberse opuesto a la comprobación de oficio en la solicitud, modelos 110 trimestrales o el modelo 190 presentados, junto con la acreditación del pago de los mismos.

  • Declaración responsable (Anexo III).

  • Documentación gráfica, fotográfica o audiovisual del programa o actividad subvencionada.

Más información

Servicio de Deporte

Dirección: Plaza de la Provincia, 5-3º. 01001 Vitoria-Gasteiz

Teléfono: 945181818

¿Qué necesito?

  • Certificado digital 

Este trámite solo se puede realizar a través de la Sede electrónica