Convocatoria pública de ayudas económicas individuales dirigidas a personas que tengan reconocida la situación de discapacidad

Constituye el objeto de estas ayudas mejorar la calidad de vida de las personas a quienes se dirigen, atender a las necesidades surgidas de su situación de discapacidad y favorecer su autonomía, mediante la concesión de una ayuda económica que compense total o parcialmente los gastos que las personas destinatarias de estas ayudas tengan que efectuar para adquirir un producto de apoyo y/o realizar adaptaciones en la vivienda habitual o en el vehículo particular.

  • Personas con reconocimiento de discapacidad o reconocimiento de discapacidad y dependencia empadronadas en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Álava.
  • Tener empadronamiento y residencia efectiva en el THA mínimo 1 año consecutivo antes de la solicitud.
  • Con carácter general grado de discapacidad igual o superior al 33%, y con carácter específico, aquellos otros que se indiquen en el Anexo 2 catálogo de ayudas susceptibles de ser subvencionadas, requisitos específicos y cuantía máxima subvencionable.
  • Que el producto de apoyo solicitado esté relacionado con el tipo de discapacidad reconocida.
  • Para mayores de 65 años tener reconocida la discapacidad global y específica, con antelación de dicha edad.
  • No superar el baremo económico.

Subdirección Técnica del Área de Personas con Discapacidad

  • Decreto Foral 32/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 20 de julio. Aprobar las bases generales reguladoras de la concesión de ayudas individuales que permitan favorecer la autonomía a personas con discapacidad y a menores de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo.
  • Convocatoria pública 2025 de ayudas económicas individuales dirigidas a personas que tengan reconocida la situación de discapacidad
  • Corrección de errores advertido en la publicación de BOTHA número 26, de miércoles 5 de marzo, anuncio número 2025-00605, de la convocatoria pública 2025 de ayudas económicas individuales dirigidas a personas que tengan reconocida la situación de discapacidad.

La resolución deberá dictarse y notificarse a la persona solicitante en el plazo máximo de tres meses desde la recepción de las solicitudes. Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior sin que se haya adoptado resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud, sin perjuicio del deber del Instituto Foral de Bienestar Social de resolver expresamente lo que proceda.

¿Qué necesita hacer?

Tramitación electrónica En plazo
Solicitar ayudas dirigidas a personas que tengan reconocida la situación de discapacidad

Tramitación electrónica

En plazo

Iniciar