Modelo 220: declaración del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal

Elaboración de la autoliquidación modelo 220 del Impuesto sobre Sociedades en caso de grupos fiscales sujetos a normativa alavesa.

Presentación de la autoliquidación modelo 220 de los grupos fiscales sujetos a normativa alavesa y  de los grupos fiscales sujetos a normativa no alavesa que operen en Álava.

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Plazos

Abierto

En los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo. La Administración Tributaria podrá, en casos excepcionales y cuando así lo aconsejen las circunstancias, autorizar la presentación con anterioridad al citado plazo.

Más información

Destinatarios

Empresas

Grupos fiscales

Grupos fiscales no alaveses

Los grupos fiscales sujetos a una normativa del Impuesto sobre Sociedades diferente de la alavesa (que tengan que presentar declaración del Impuesto sobre Sociedades en Álava en volumen de operaciones) remitirán los ficheros modelo 220 obtenidos mediante los programas de ayuda de sus respectivas Administraciones a través de Sede Electrónica. Estos ficheros no precisan de conversor.

Normativa

Documentación 

La documentación adicional que deba adjuntarse con carácter obligatorio o la que quiera adjuntarse con carácter voluntario se presentará telemáticamente junto en el fichero correspondiente a la declaración.

Se establece la obligación de presentar documentación adicional en los supuestos establecidos en los artículos 33, 34, 35 y 48 de la Norma Foral 37/2013 y en los artículos 8 y 43.9 del Decreto Foral 41/2014 por el que se aprueba el desarrollo reglamentario de la Norma Foral 37/2013.

Los grupos fiscales, adicionalmente, aportarán una relación de las retenciones soportadas, con expresa identificación de cada una de las entidades integrantes del grupo que hubiera soportado retenciones y su importe.

¿Qué necesito?

    • Certificado digital

    La declaración modelo 220 de los grupos fiscales sujetos a normativa alavesa será cumplimentada mediante el Programa de Ayuda de Modelos Fiscales. El fichero obtenido se remitirá telemáticamente a través de Sede Electrónica.

Este modelo no admite tramitación presencial.

Puede obtener más información en Atención Ciudadana.

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