Modelo 553. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas - egoitza
Modelo 553. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas
Plazos
Mientras el tipo impositivo del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas sea cero, los fabricantes y titulares de depósitos fiscales presentarán el modelo 553 dentro de los veinticinco primeros días hábiles de los meses de enero, abril, julio y octubre por el movimiento habido en el establecimiento durante el trimestre natural inmediatamente anterior.
Este documento deberá presentarse siempre que haya habido existencias o movimiento de productos en el período considerado.
Documentación a presentar
Junto al modelo 553, los titulares de fábricas y depósitos fiscales del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas presentarán obligatoriamente en soporte informático la contabilidad del establecimiento.
Más información
Presentación de la declaración de operaciones y la contabilidad en soporte informático por parte de los titulares de fábricas y depósitos fiscales del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas.
Destinatarios/as: Titulares de fábricas y depósitos fiscales del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas
¿Qué necesito?
- Certificado Digital
- Juego de Barcos
Modelo 553. Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de vino y bebidas fermentadas
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Obligatoria la presentación telemática por Sede Electrónica
- Direcciones y teléfonos