Modelo 566. Impuesto sobre las Labores del Tabaco. Autoliquidación.

Plazos

Abierto
  • Presentación y pago mensual: deberá presentarse dentro de los veinticinco primeros días hábiles de mes siguiente a aquél en que se han producido los devengos.

No obstante, cuando a lo largo de un periodo de liquidación resulten aplicables tipos de gravamen diferentes por haber sido éstos modificados, los sujetos pasivos estarán obligados a presentar una autoliquidación, con ingreso de las cuotas correspondientes, por cada periodo de tiempo en que hayan sido aplicados cada uno de los tipos de gravamen.

Más información

  • Presentación de la autoliquidación correspondiente al Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
  • Destinatarios/as: Fabricas de labores de tabaco, depósitos fiscales de labores de tabaco y destinatarios/as registrados de labores del tabaco

Orden Foral 205 de 15 de marzo de 2012. 

  • Tramitación presencial. La presentación de las autoliquidaciones y el pago simultáneo de las cuotas se efectuara en las entidades bancarias de crédito o ahorro autorizadas para actuar como Entidades Colaboradoras por la Diputación Foral de Álava.
  • Direcciones y teléfonos