Modelos 518/519/520. II. EE. Declaraciones de trabajo - egoitza
Modelos 518/519/520. II. EE. Declaraciones de trabajo
Plazos
- Modelo 518: con una antelación de al menos 1 día hábil antes del comienzo de la operación.
- Modelo 519: con carácter inmediato a la producción de la incidencia a que se refiera.
- Modelo 520: el día de finalización del período de actividad con arreglo a lo indicado en la declaración de trabajo y/o, en su caso, en el parte de incidencias en operaciones de trabajo.
Más información
Objeto: Impuesto sobre Alcohol y Bebidas Alcohólicas. Declaraciones de trabajo. Cumplimiento de requisitos formales para la presentación de declaraciones trabajo, partes de incidencias y resultados de operaciones de productos objeto del Impuesto sobre alcohol y bebidas derivadas.
Destinatarios/as: Fábricas y depósitos fiscales de alcohol y fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
1- La Declaración de Trabajo (Modelo 518) se utilizará para documentar las siguientes operaciones:
- Operaciones de destilación, rectificación y deshidratación en fábricas de alcohol.
- Operaciones de destilación en fábricas de bebidas derivadas.
- Operaciones de desnaturalización en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
2- Los Partes de Incidencias en operaciones de trabajo (Modelo 519) se podrán corresponder con una de las siguientes incidencias:
- Falta de inicio de las operaciones.
- Interrupción de las operaciones de trabajo.
- Reanudación de las operaciones de trabajo.
- Cancelación de las operaciones de trabajo.
Cada una de estas incidencias deberá ser objeto de una declaración independiente.
3-Parte de resultados en operaciones de trabajo (Modelo 520): se presentará un Parte de Resultado por cada Declaración de Trabajo presentada.
Modelos 518/519/520. II. EE. Declaraciones de trabajo.
- Tramitación presencial: servicio de Tributos Indirectos - Sección de IVA e Impuestos Especiales del Departamento de Hacienda, Finanzas y Presupuestos.
- Direcciones y teléfonos