null PR Ayudas especiales a situaciones de necesidad

Ayudas especiales a situaciones de necesidad

Son prestaciones económicas no periódicas que se otorgan con carácter individual y finalista, para atender las necesidades básicas de la vida. Se puede complementar con otros recursos y/o prestaciones sociales de contenido económico, que  deberán indicarse al solicitar el acceso  a la prestación.   

Personas que carecen de recursos económicos suficientes con los que afrontar los gastos específicos de carácter básico.

Requisitos

a) Ser mayor de edad. 

b) Tener empadronamiento en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Álava con excepción de Vitoria - Gasteiz, Llodio y Amurrio,  sin interrupciones y  al menos los seis meses anteriores a la fecha de la solicitud.

c) Constituir un hogar independiente, siendo éste el marco físico de residencia permanente de una sola persona o, en su caso de dos o más, unidas por matrimonio u otra forma de relación permanente análoga a la conyugal, por adopción, consanguinidad y afinidad hasta 4º y 2º grado respectivamente.

e) Informe favorable del Servicio Social de Base correspondiente.

Dirección-Gerencia IFBS 

Normativa interna Aprobada por el Consejo de Administración de fecha 29 de julio de 1998.

Plazo máximo para la resolución y notificación: 3 meses

Efectos del silencio administrativo: Negativo

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