PR Servicio de información y asesoramiento en el Centro de Autonomía Personal - egoitza
Servicio de información y asesoramiento en el Centro de Autonomía Personal
Su objetivo es facilitar la autonomía de las personas con discapacidad en todas las actividades de la vida diaria, su participación e integración social mediante la provisión de información contrastada y personalizada sobre soluciones tecnológicas de apoyo.
Se informa y asesora sobre accesibilidad en el entorno, comunicación aumentativa y productos de apoyo.
Se dispone de catálogos, guías, publicaciones, informes, normativa técnica y referencias que conforman una amplia fuente de información para ser consultada. En el caso de los productos de apoyo más comunes, también se facilita la posibilidad de prueba y entrenamiento previo a su adquisición.
Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que:
- Estén de alta en el padrón municipal en cualquiera de los municipios de Álava.
- Tengan nacionalidad española o residir de forma legal en España.
Dirección-Gerencia
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Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 22 - 26 de enero de 2000.
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Real Decreto 1169/2003, de 12 de septiembre, por el que se modifica el anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 238 – 4 de octubre de 2003.
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Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.
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Real Decreto 1364/2012, de 27 de septiembre por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
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Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
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Decreto Foral 56/2016, del Consejo de Diputados de 3 de agosto, que modifica el Decreto Foral 36/2014, de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de la discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y el procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
Plazo máximo para la resolución y notificación: 3 meses desde la presentación de la solicitud.
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