null PR Unidad residencial sociosanitaria Abegia

Unidad residencial sociosanitaria Abegia

Este servicio tiene por finalidad proporcionar los apoyos necesarios para la atención psicosocial y la rehabilitación a medio y largo plazo de las personas con diagnóstico de trastorno mental severo y consumo de sustancias tóxicas, que carecen de apoyo social y familiar o éste es insuficiente y/o inadecuado.

Se trata, de proporcionar una atención bio-psico-social integrada que garantice la mejora de la calidad de vida de las personas residentes, de su entorno más próximo y de la comunidad.

  • Personas con trastornos mentales severos (psicosis, esquizofrenia, trastorno grave de personalidad, trastorno bipolar...).

  • Personas con discapacidad persistente, con pronóstico favorable de rehabilitación psico-social desde un punto de vista psiquiátrico.

  • Consumos problemáticos de droga y/o alcohol, así como otras conductas adictivas.

Que además:

  • Carecen  de soporte social adecuado y contenedor a sus necesidades.

  • Están en tratamiento psiquiátrico.

  • Son mayores de 18 años y menores de 65.

  • Acceden al servicio de forma voluntaria.

  • Están empadronadas en el Territorio Histórico de Álava al menos, durante los tres años consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de presentar su solicitud Obtener el Informe favorable del órgano valorador o de la Subdirección Técnica correspondiente.

Dirección-Gerencia IFBS

  • Decreto Foral 45/2007, del Consejo de Diputado, de 8 de mayo, que aprueba el Reglamento Regulador del Régimen de Acceso y Traslado de las personas no reconocidas dependientes, que sean usuarias de la Red Foral de Servicios Sociales del Territorio Histórico de Álava.

  • Disposiciones reguladoras del acceso a la unidad residencial sociosanitaria “ABEGIA” y protocolo para el  funcionamiento de la comisión de valoración y orientación sociosanitaria, aprobadas por el Consejo territorial Sociosanitario.

  • Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.

Plazo máximo para la resolución y notificación: 4 meses

Efectos del silencio administrativo: Positivo

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