null Servicio de información y asesoramiento en el Centro de Autonomía Personal

Servicio de información y asesoramiento en el Centro de Autonomía Personal

El Servicio de Información y Asesoramiento (SIA) del Centro de Autonomía Personal ofrece un servicio personalizado de información, asesoramiento y recursos técnicos y/o tecnológicos a todas las personas con discapacidad. 

 

Información y Asesoramiento en adaptación del entorno, productos de apoyo y comunicación:

Se dispone de catálogos, guías, normativa técnica y referencias que conforman una amplia fuente de información para ser consultada.

En el caso de los productos de apoyo de uso más frecuente, se facilita la posibilidad de prueba y entrenamiento previo a su adquisición.

Se cuenta con un espacio demostrador  que simula la adaptación funcional de un dormitorio y un cuarto de baño, está equipado con sistema domótico y los últimos avances tecnológicos y productos de apoyo. Tiene como objetivo facilitar a todas las personas con independencia de su diversidad funcional el acceso a la solución técnica más adecuada.

 

Informe Técnico de Orientación:

Una vez realizada la orientación se informará sobre los requisitos específicos para acceder a la convocatoria de ayudas económicas y se elaborará el Informe Técnico de Orientación, necesario para acceder a la ayuda económica o cesión del producto de apoyo.

Personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, que:

  • Estén de alta en el padrón municipal en cualquiera de los municipios de Álava.
  • Tengan nacionalidad española o residir de forma legal en España.

Dirección-Gerencia

  • Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 22 - 26 de enero de 2000.

  • Real Decreto 1169/2003, de 12 de septiembre, por el que se modifica el anexo I del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 238 – 4 de octubre de 2003.

  • Real Decreto 1856/2009, de 4 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre.

  • Real Decreto 1364/2012, de 27 de septiembre por el que se modifica el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

  • Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.

  • Decreto Foral 56/2016, del Consejo de Diputados de 3 de agosto, que modifica el Decreto Foral 36/2014, de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de la discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y el procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.

Plazo máximo para la resolución y notificación: 3 meses desde la presentación de la solicitud.

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