Subvención dirigida al impulso de acciones de sostenibilidad energética

El objeto de ésta línea de subvención es la promoción de la gestión energética eficiente de instalaciones, edificios y equipamientos públicos, el fomento del aprovechamiento de las fuentes de energía renovables (energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, minihidráulica, aerotermia u otras que pudieran desarrollarse en el futuro), y el apoyo a la movilidad eléctrica a través de ayudas en la compra de vehículos eléctricos e instalación de puntos de recarga para uso público.

 

Tipo de actuación Importe máximo de la subvención Porcentaje máximo subvencionable

Tipo 1: Elaboración de inventarios energéticos de edificios y equipamientos públicos, parque móvil e instalaciones de alumbrado público, control de consumos, auditorías energéticas, certificados de eficiencia energética, planes de actuación energética, planes de movilidad urbana u otros planes de mitigación y adaptación al cambio climático.

12.000 euros

85%

Tipo 2: Equipos de monitorización, programación horaria, control remoto y otros medios similares destinados a adecuar la energía consumida por las entidades públicas a su demanda real.

6.000 euros

85%

Tipo 3: Equipamiento de alumbrado público solar.

20.000 euros

85%

Tipo 4: Sustitución de lámparas para aumento de la eficiencia energética en alumbrado público y en edificios de las Entidades Locales.

10.000 euros

85%

Tipo 5: Instalaciones y equipamiento de aprovechamiento de recursos renovables (térmica, fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, minihidráulica, aerotermia u otras que pudieran desarrollarse en el futuro), tanto las instalaciones de generación como sus instalaciones de almacenamiento asociadas, todas ellas con destino a satisfacer la demanda energética pública.

75.000 euros

85%

Tipo 6: Estudios de viabilidad y redacción de proyectos técnicos de instalaciones para el aprovechamiento de la energía solar térmica, energía solar fotovoltaica, minieólica, biomasa, geotermia, minihidráulica, aerotermia u otras que pudieran desarrollarse en el futuro, así como de infraestructuras de recarga eléctrica, todo ello con destino para uso público.

10.000 euros

85%

Tipo 7: Instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos, incluidas bicicletas. Los puntos de recarga estarán destinados al uso público o al servicio de la flota propia de la entidad beneficiaria.

6.000 euros

85%

Tipo 8: Adquisición de vehículos eléctricos incluidas bicicletas eléctricas para flotas de uso y titularidad de las entidades públicas.

9.000 euros (1.500 euros para bicicletas eléctricas)

30%

Municipios y concejos del Territorio Histórico de Álava con población inferior a 25.000 habitantes.

Servicio de Secretaría Técnica de Medio Natural.

Convocatoria 2025

Acuerdo 249/2025, de 6 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la convocatoria de líneas de subvenciones dirigidas al impulso de acciones de sostenibilidad energética, para el ejercicio 2025.

Convocatoria 2024 

Decreto Foral 11/2024. Aprobar las bases reguladoras de una línea de subvención dirigida al impulso de acciones de sostenibilidad energética.

Acuerdo 429/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 16 de julio. Aprobar la convocatoria para 2024 de la línea de ayudas dirigida al impulso de acciones de sostenibilidad energética.

Acuerdo 682/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 26 de noviembre. Aprobar la resolución de la convocatoria de la línea de subvenciones dirigida al impulso de acciones de sostenibilidad energética para el ejercicio 2024, aprobada mediante Acuerdo 429/2024, del Consejo de 16 de julio.

Corrección de errores del Acuerdo 682/2024, del Consejo de Gobierno Foral de 26 de noviembre publicado en el BOTHA número 138, de fecha 4 de diciembre de 2024, relativo a la aprobación de la resolución de la convocatoria de la línea de subvenciones dirigida al impulso de acciones de sostenibilidad energética para el ejercicio 2024, aprobada mediante Acuerdo 429/2024, del Consejo de 16 de julio.

Resolución: Dos meses desde la finalización del plazo de solicitudes.

Notificación: Diez días hábiles siguientes a la resolución mediante correo con acuse de recibo.

La falta de resolución expresa producirá efectos desestimatorios.

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