Subvención para rehabilitación de viviendas - egoitza
Subvención para rehabilitación de viviendas
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el agotamiento de la consignación presupuestaria, o en su defecto hasta el 30 de noviembre de 2022 a las 23:59 horas.
El agotamiento de la consignación presupuestaria será objeto de publicación en el portal web web.araba.eus.
Documentación a presentar
- Solicitud debidamente cumplimentada.
- Fotocopia del DNI de la persona solicitante y de su cónyuge en el caso de estar sometidos al régimen económico de gananciales o comunicación de bienes, o del NIF en el caso de entidades locales. En caso de matrimonio declaración del régimen económico matrimonial vigente.
- Certificado referente a la persona solicitante y a su cónyuge o a la persona jurídica, emitido por la Hacienda correspondiente, de estar al corriente en la presentación y pago de todos los impuestos, y además para personas jurídicas certificado de estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social.
- Fotocopia de Escritura Pública que demuestre el derecho de propiedad, usufructo o cualquier otro título de disfrute sobre las viviendas para las que se solicitan las ayudas. En el caso de alquiler, se aportará el contrato vigente.
- En aquellas actuaciones en las que la persona titular de la rehabilitación no tenga la propiedad, se presentará autorización de la persona propietaria, en la que expresamente declare conocer la presente norma, la pertinente convocatoria, así como los derechos y obligaciones derivados de ella. En dicha autorización deberá constar también el acuerdo sobre quién costeará las obras de rehabilitación.
- Copia de Licencia Municipal o solicitud de la misma, así como copia de otras autorizaciones sectoriales si se requieren..
- Presupuesto de ejecución, descompuesto por partidas, efectuada por empresa que esté al corriente de sus obligaciones fiscales.
- Memoria de las superficies a rehabilitar, en función de los requisitos establecidos por cada convocatoria..
- Ficha de terceros debidamente cumplimentada.
- Cualquier otra documentación que los servicios técnicos o jurídicos de la Diputación Foral de Álava estimen necesaria.
Más información
- Norma Foral 11/2016, de 19 de octubre, de Subvenciones del Territorio Histórico de Álava; 19 de octubre de 2016, publicación en BOTHA de fecha 28 de octubre de 2016.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; 17 de noviembre de 2003, publicación en BOE de fecha 18 de noviembre de 2003.
¿Qué necesito?
B@kq (juego de barcos)
Certificado digital(FNMT, eDNI, Juridica Izenpe,…)
Solicitud
Las solicitudes se presentarán en:
- Registro General de la Diputación Foral de Álava
- Registro de las Oficinas de Hacienda de Vitoria-Gasteiz, Laguardia y Llodio.
- Cualesquiera del resto de registros que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, en cumplimiento del artículo 14.2 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en todo caso están obligados a presentación telemática a través del trámite específico accesible a través de la sede electrónica, las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria y para los trámites que realicen en el ejercicio de dicha actividad y quienes representen a un interesado obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.