Solicitar ayudas para el establecimiento de personas jóvenes agricultoras

Plazos

Cerrado

Del 14 de marzo al 15 de abril de 2024 (ambos inclusive).

Documentación a presentar

Primera fase:

Segunda fase:

Una vez resuelta la convocatoria, tras recibir la notificación de resolución positiva, el abono del primer tramo de la ayuda correspondiente a los 2/3 del importe total de la misma se efectuará de oficio, no siendo necesario realizar solicitud de abono.

El segundo pago correspondiente al tercio final de la subvención se abonará una vez finalizada la ejecución del plan de empresa y previa presentación de la solicitud de abono de la ayuda, junto con el informe final de la persona tutora.

En todo caso el informe final vendrá acompañado de los documentos que justifiquen y acrediten todas las actuaciones, gastos e inversiones realizadas durante la ejecución del plan de empresa y el cumplimiento de todos los requisitos exigidos.

Más información

¿Qué necesito?

  • BAK

    BAKQ

    Certificado Electrónico

La tramitación presencial se realizará en Vitoria-Gasteiz :

c/ Diputación nº13 bajo

Direcciones y teléfonos de atención ciudadana