Justificación de las subvenciones concedidas en 2023

Plazos

Pendiente de aprobar la convocatoria

Documentación a presentar

PAGO Y JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN CONCEDIDA (artículo 11):

  1. Certificación expedida por el secretario o secretaria, en el que conste la realización del gasto para el que fue concedida la subvención.

  2. Para el caso de instalaciones y equipamientos, certificación expedida por el secretario o secretaria o fedatario público que garantice el mantenimiento del fin subvencionado por un mínimo de cuatro años.

  3. Certificación expedida por el secretario o secretaria, en el que conste que las contrataciones necesarias para la ejecución del gasto se han realizado en cumplimiento de lo establecido en la ley de contratos de las administraciones públicas.

  4. Declaración responsable firmada por la secretaria o secretario acreditativa de la coincidencia de la documentación presentada con la original.

  5. Memoria de actuación explicativa de la acción realizada tomando como referencia el índice de la memoria presentada en la solicitud (ver anexo II).

  6. En el caso de las instalaciones de compostaje comunitario, certificado emitido por el secretario/a o fedatario público acreditativo del cumplimiento de los umbrales y condiciones establecidas por el órgano competente sobre el régimen jurídico y las condiciones técnicas de las instalaciones y actividades de compostaje comunitario  en el ámbito territorial de la CAPV. En todo caso se estará a lo dispuesto por la normativa vigente en cada momento.

  7. En su caso, copia de la certificación final de las obras aprobada.

  8. Relación clasificada de los gastos incurridos, con identificación de la entidad acreedora y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. Esta memoria económica incluirá relación clasificada de gastos y resumen de los mismos según la tabla recogida en el anexo V.

  9. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil y la documentación acreditativa del pago.

  10. Excepcionalmente, en el supuesto de no acreditar el pago de los gastos presentados justificativos de la subvención obtenida, el abono se realizará en concepto de anticipo a justificar, y la documentación acreditativa del pago de los gastos justificativos de la subvención deberá presentarse en el plazo de un mes desde que reciba el importe de la subvención.

  11. Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe, su procedencia, y el concepto concreto en el que se complementa, o solapa, con la actividad solicitada. Justificar que no se produce una sobrefinanciación de los fines solicitados en la presente convocatoria por confluencia de varias subvenciones para el mismo fin. Certificado emitido por el secretario/a o fedatario público que acredite la obtención de dichas subvenciones y resolución de las mismas.

¿Qué necesito?

  • Certificado electrónico. 

    Al acceder al trámite en el plazo de justificación será dirigido a ‘Mis expedientes’. Deberá anexar la documentación al Expediente iniciado en la Solicitud de la subvención.

Únicamente se puede realizar a través de la Sede electrónica