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Servicios de alojamiento y convivencia para personas con discapacidad
Son centros de convivencia destinados a servir de vivienda habitual o permanente y, en su caso, temporal, a personas con discapacidad y en situación de dependencia, que no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades en su domicilio personal o familiar.
Se ofrecen diferentes niveles de apoyo, intermitente, limitado, extenso y generalizado, de carácter individualizado y adaptado a las necesidades de las personas, a fin de mejorar su bienestar físico y emocional, mantener su autonomía, potenciar su desarrollo personal, capacidades, competencias, habilidades y experiencias orientadas hacia una vida más autónoma.
Así mismo, facilitan oportunidades para que las personas se integren y participen en el entorno comunitario y se promueve el mantenimiento y el refuerzo de sus redes familiares y sociales de apoyo.
Tipos de servicio:
-
Viviendas con apoyo intermitente para personas con discapacidad intelectual
-
Viviendas con apoyo permanente
-
Para personas con discapacidad intelectual y sensorial
-
Para personas con discapacidad intelectual y física
-
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Centros residenciales
-
Para personas con discapacidad intelectual y alta necesidad de apoyos (Etxebidea)
- Para personas con discapacidad física (Goizalde).
-
Personas con discapacidad y reconocimiento de dependencia
Requisitos generales
-
Entre 18 y 64 años (ambos inclusive) en el momento de acceso.
-
No tener asignado otro servicio incompatible.
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Estar empadronada en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico Alavés.
Requisitos específicos
Viviendas con apoyo
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Tener reconocida la situación de dependencia en cualquiera de los grados.
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Para personas con discapacidad intelectual y sensorial
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Para personas con discapacidad intelectual y física
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Centros residenciales
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Tener reconocida la situación de dependencia en grado 2 o 3
- Para personas con discapacidad intelectual y alta necesidad de apoyos (Etxebidea)
- Para personas con discapacidad física grave (Goizalde).
La Dirección – Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social a propuesta de la Subdirección Técnica del Área de Personas con Discapacidad.
Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad
-
INSTRUMENTO de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.
BOE 20 abril l2008. -
Ley 26, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. BOE 184 de 2 de agosto de 2011 y posteriores correcciones. BOE 2011/10/08.
Integración social de personas con discapacidad
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Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. BOE Nº 289 de 03/12/2013.
Calificación del grado de discapacidad
-
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 22 26 de enero de 2000 y posteriores modificaciones. (BOE 2000/01/26, BOE 2003/10/04, BOE 2009/12/26, BOE 2012/10/11).
Dependencia
-
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. BOE Nº 299 de 15/12/2006.
REAL DECRETO 504/2007 Baremo de valoración de la situación de dependencia.
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava. BOTHA nº 98 de 1/09/2014 y sus posteriores correcciones y modificaciones (BOTHA 101, 2014; BOTHA 091, 2016; BOTHA 115, 2014; BOTHA 133 2014; BOTHA 090, 2015). -
Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. BOE Nº 317 de 30/12/2017
Servicios Sociales
-
Ley 12/2008 de 05 de Diciembre de Servicios Sociales.
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Decreto 257/1986, de 18 de noviembre, BOPV nº 237 – 1 de diciembre de 198, sobre Servicios Sociales para Personas con Minusvalía y posteriores modificaciones
-
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
-
Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
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Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.
Plazo máximo para la resolución y notificación: 3 meses y medio a partir de la fecha de la solicitud.
Efectos del silencio administrativo: Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que se haya emitido resolución expresa, se entenderá que es desestimatoria de la concesión del servicio.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar servicio de alojamiento y convivencia para personas con discapacidad |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Medidas de control de especies cinegéticas
Solicitud de las medidas que regirán el adecuado control de las especies cinegéticas causantes de daños en el Territorio Histórico de Álava.
Persona física o jurídica adjudicataria del correspondiente coto de caza y, en ausencia de acotado, por la entidad titular de los terrenos.
Servicio de Montes
- NORMA FORAL 8/2004, DE 14 DE JUNIO, DE CAZA DEL TERRITORIO HISTÓRICO DE ÁLAVA.
- LEY 2/2011, de 17 de marzo, de Caza.
- Orden Foral 134/2017 de 7 de abril, reguladora de las medidas excepcionales de control de especies cinegéticas en el Territorio Histórico de Álava
- Establecer la normativa reguladora específica para el ejercicio de la caza en el THA durante la temporada 2025-26
- Orden Foral que regula las distintas modalidades de caza en el Territorio Histórico de Álava
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitud medidas de control de especies cinegéticas |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Asesoramiento en Conservación y Restauración del Patrimonio Cultural
Asesoramiento sobre Conservación y Restauración de Patrimonio Cultural.
Instituciones, Organismos y Ciudadanía
Departamento de Cultura y Deporte
Servicio de Restauración.
Normas internas
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Recibir asesoramiento en materia de conservación y restauración del patrimonio |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Subvenciones para la financiación de acciones conducentes a la rehabilitación de vivienda para su inclusión posterior en el programa de garantías al alquiler de viviendas de la Diputación Foral de Álava 2026
Subvenciones para la financiación de acciones conducentes a la rehabilitación de vivienda para su inclusión posterior en el programa de garantías al alquiler de viviendas de la Diputación Foral de Álava.
Personas físicas propietarias o titulares de un derecho real sobre viviendas radicadas en núcleos de población situados en municipios menores de 20.000 habitantes.
Servicio de Administración Local y Reto Demográfico
- Decreto Foral 11/2026, de 31 de marzo. Aprobar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación de acciones conducentes a la rehabilitación de vivienda en núcleos de población del Territorio Histórico de Álava situados en municipios de menos de 20.000 habitantes.
- Acuerdo 282/2026, de 12 de mayo. Aprobar la convocatoria de subvenciones para la financiación de acciones conducentes a la rehabilitación de vivienda para su inclusión posterior en el programa de garantías al alquiler de viviendas de la Diputación Foral de Álava
Plazo de resolución 6 Meses
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitud Subvenciones para la financiación de acciones conducentes a la rehabilitación de vivienda para su inclusión posterior en el programa de garantías al alquiler de viviendas |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Ayuda para la lucha contra la polilla del viñedo mediante técnicas de confusión sexual
Apoyar económicamente el desarrollo de técnicas de confusión sexual para la lucha contra la polilla del racimo (Lobesia Botrana) en viñedo como método sostenible para la viticultura de Álava.
Ciudadanía
Servicio de Viticultura y Enología
Orden Foral 83/2026, de 25 de marzo de 2026. Aprobar la convocatoria para 2026 de las ayudas para el fomento de proyectos de desarrollo en Álava de la estrategia de lucha contra la polilla del racimo (Lobesia Botrana) mediante la aplicación de técnicas de confusión sexual en viñedo.
Decreto Foral 26/2025, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar las bases reguladoras de la ayuda para el fomento de proyectos de desarrollo en Álava de la estrategia de lucha contra la polilla del racimo (Lobesia Botrana) mediante la aplicación de técnicas de confusión sexual en viñedo, así como la convocatoria para el ejercicio 2025.
Seis meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitud de ayuda para la lucha contra la polilla del viñedo mediante técnicas de confusión sexual |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Centro ocupacional
El servicio o centro ocupacional apoyará, favorecerá y promoverá:
a) la adquisición y mejora de las habilidades adaptativas, ocupacionales y sociales necesarias para el desarrollo de la autonomía personal y la integración sociolaboral, con el fin de contribuir a una mayor y más efectiva participación en la vida social de las personas usuarias;
b) el desarrollo personal, a través de actividades de estimulación y/o rehabilitación, ocupacionales o pre-laborales, educativas y formativa comunitarios y en medio abierto;
c) el mantenimiento del nivel de autonomía, la prevención del deterioro y, en su caso, la recuperación de capacidades y habilidades (cognitivas, funcionales, sociales…).
Ciudadanía con discapacidad intelectual y/o enfermedad mental empadronada en cualquiera de los municipios alaveses.
Personas con discapacidad intelectual tengan o no reconocida una situación de dependencia que dispongan de las capacidades o habilidades básicas para poder participar en las actividades ocupacionales y en el resto de actividades del servicio o centro ocupacional.
Requisitos necesarios:
- Calificación de discapacidad en un porcentaje igual o superior a 33% originada por una discapacidad intelectual.
- Tener una edad comprendida entre 18 y 64 años, ambos inclusive, salvo en los casos en los que la persona no pueda permanecer en el sistema educativo hasta la edad de 21 años y así lo acredite el Departamento de Educación.
- No poder acceder directamente a un empleo (protegido u ordinario) pero que pueda beneficiarse de las actividades propias del centro como fase previa al acceso a un empleo o como parte de un programa de atención de día no orientado al empleo.
La Dirección – Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social a propuesta de la Subdirección Técnica del Área de Personas con Discapacidad.
Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad
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INSTRUMENTO de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.
BOE 20 abril l2008. -
Ley 26, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. BOE 184 de 2 de agosto de 2011 y posteriores correcciones. BOE 2011/10/08.
Integración social de personas con discapacidad
-
Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. BOE Nº 289 de 03/12/2013.
Calificación del grado de discapacidad
-
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 22 26 de enero de 2000 y posteriores modificaciones. (BOE 2000/01/26, BOE 2003/10/04, BOE 2009/12/26, BOE 2012/10/11).
Dependencia
-
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. BOE Nº 299 de 15/12/2006.
REAL DECRETO 504/2007 Baremo de valoración de la situación de dependencia.
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava. BOTHA nº 98 de 1/09/2014 y sus posteriores correcciones y modificaciones (BOTHA 101, 2014; BOTHA 091, 2016; BOTHA 115, 2014; BOTHA 133 2014; BOTHA 090, 2015). -
Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. BOE Nº 317 de 30/12/2017
Servicios Sociales
-
Ley 12/2008 de 05 de Diciembre de Servicios Sociales.
-
Decreto 257/1986, de 18 de noviembre, BOPV nº 237 – 1 de diciembre de 198, sobre Servicios Sociales para Personas con Minusvalía y posteriores modificaciones.
-
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
-
Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
-
Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.
Plazo máximo para la resolución y notificación: Plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha de entrega de la solicitud.
Efectos del silencio administrativo: Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que se haya emitido resolución expresa, se entenderá que es desestimatoria de la concesión del servicio.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar centro ocupacional |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Centro de día para personas con diversidad funcional
Es un servicio diurno con carácter temporal o permanente que ofrece atención integral a las personas en situación de dependencia y/o discapacidad, dirigido a mejorar o mantener su nivel de autonomía personal, facilitar su participación en el entorno comunitario y dar apoyo a las personas cuidadoras.
Tipos de servicio:
-
Centro de día para personas con discapacidad intelectual con alta necesidad de apoyo.
-
Centro de día para personas con trastornos del espectro autista (TEA).
- Centro de día para personas con discapacidad física u orgánica.
-
Centro de día para personas con discapacidad intelectual con alta necesidad de apoyo.
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Tener una edad comprendida entre 21 y 64 años, ambos inclusive, salvo en los casos en los que la persona no pueda permanecer en el sistema educativo hasta la edad de 21 años y así lo acredite el Departamento de Educación.
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Tener reconocido grado 3 de dependencia derivado de un diagnóstico discapacidad intelectual profunda.
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Centro de día para personas con trastornos del espectro autista (TEA)
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Tener una edad comprendida entre 21 y 64 años, ambos inclusive, salvo en los casos en los que la persona no pueda permanecer en el sistema educativo hasta la edad de 21 años y así lo acredite el Departamento de Educación.
-
Centro de día para personas con discapacidad física u orgánica
-
Personas con graves discapacidades físicas u orgánicas, derivadas, entre otras, de enfermedades neuromusculares, del aparato locomotor, neurodegenerativas o daño cerebral adquirido.
- Tener una edad comprendida entre 18 y 64 años, ambos inclusive, salvo en los casos en los que la persona no pueda permanecer en el sistema educativo hasta la edad de 21 años y así lo acredite el Departamento de Educación.
La Dirección – Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social a propuesta de la Subdirección Técnica del Área de Personas con Discapacidad.
Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad
-
INSTRUMENTO de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.
BOE 20 abril l2008. -
Ley 26, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. BOE 184 de 2 de agosto de 2011 y posteriores correcciones. BOE 2011/10/08.
Integración social de personas con discapacidad
-
Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. BOE Nº 289 de 03/12/2013.
Calificación del grado de discapacidad
-
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 22 26 de enero de 2000 y posteriores modificaciones. (BOE 2000/01/26, BOE 2003/10/04, BOE 2009/12/26, BOE 2012/10/11).
Dependencia
-
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. BOE Nº 299 de 15/12/2006.
REAL DECRETO 504/2007 Baremo de valoración de la situación de dependencia.
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava. BOTHA nº 98 de 1/09/2014 y sus posteriores correcciones y modificaciones (BOTHA 101, 2014; BOTHA 091, 2016; BOTHA 115, 2014; BOTHA 133 2014; BOTHA 090, 2015). -
Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. BOE Nº 317 de 30/12/2017
Servicios Sociales
-
Ley 12/2008 de 05 de Diciembre de Servicios Sociales.
-
Decreto 257/1986, de 18 de noviembre, BOPV nº 237 – 1 de diciembre de 198, sobre Servicios Sociales para Personas con Minusvalía y posteriores modificaciones
-
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
-
Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
-
Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.
Plazo máximo para la resolución y notificación: Plazo máximo de 2 meses a contar desde la fecha de entrega de la solicitud.
Efectos del silencio administrativo: Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que se haya emitido resolución expresa, se entenderá que es desestimatoria de la concesión del servicio.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar centro de día para personas con diversidad funcional |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Centro ocupacional para personas con enfermedad mental
Este servicio o centro favorece la participación activa de las personas con enfermedad mental en la vida social, a través de programas de desarrollo personal que giran en torno a la actividad productiva con el fin de favorecer su acceso al empleo, cuando resulte posible.
Se dirige a facilitar el desarrollo sociolaboral de las personas usuarias, fomentando su autonomía personal y su autodeterminación y favoreciendo un mayor reconocimiento y valoración social de las mismas.
Personas con enfermedad mental crónica de entre 18 y 64 años, que:
-
Acrediten tener una enfermedad mental crónica diagnosticada por Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, y encontrarse en seguimiento médico y social desde el Centro de la Red de Salud Mental del Servicio Vasco de Salud - Osakidetza.
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No precisan tratamiento de deshabituación de consumos de tóxicos (alcohol y drogas), ni realizan consumos habituales de los mismos.
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No presentan conductas violentas o padecer trastornos graves de conducta y/o comportamientos que puedan distorsionar gravemente el funcionamiento del centro o la normal convivencia en el mismo.
-
En función de la valoración y diagnóstico, que precisan adquirir capacidades para la autonomía y la integración social, en general, y para la integración sociolaboral, en particular, y presentan dificultades para acceder, de forma inmediata o a corto plazo, al empleo.
- Disponen de las capacidades y habilidades básicas para poder participar en las actividades ocupacionales y en el resto de actividades del servicio o centro ocupacional.
Dirección-Gerencia IFBS
-
Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
-
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
-
Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
-
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales de Álava.
-
Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar centro ocupacional para personas con enfermedad mental |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Convocatoria pública 2026 de ayudas económicas individuales dirigidas a menores de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos
Ayudas dirigidas a menores de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos que residan a más de 35 kilómetros de Vitoria-Gasteiz de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante Decreto Foral 32/2021, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno.
-
Tener de 0 a 6 años de edad.
-
Tener residencia efectiva a más de 35 kilómetros de Vitoria-Gasteiz.
-
Encontrarse empadronadas en los municipios del T.H. de Álava en el momento inmediatamente anterior a la fecha de solicitud y continuar empadronadas durante toda la tramitación del expediente. Alternativamente, en virtud del convenio de colaboración en desarrollo del acuerdo-marco sobre el enclave de Treviño en materia de integración y atención social a personas mayores, personas con discapacidad y dependientes, encontrarse empadronadas en cualquiera de los municipios del enclave de Treviño durante un periodo mínimo ininterrumpido de un año, que habrá de ser inmediatamente anterior a la fecha de solicitud, y continuar empadronadas durante toda la tramitación del expediente.
-
Realizar el tratamiento en una entidad autorizada por el Servicio de Registro e Inspección de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Álava, salvo que la intervención se hubiera iniciado con anterioridad al 1 de febrero de 2020, o que, por motivos de cercanía, dicho tratamiento deba realizarse en otra provincia o comunidad autónoma al no existir en el Territorio Histórico de Álava un centro autorizado a menor distancia de 35 kilómetros del domicilio.
-
Presentar trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos, y que así se haya valorado por el órgano competente, de acuerdo con lo establecido en el capítulo III del título I del Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlos
Subdirección Técnica del Área de Personas con Discapacidad
Convocatoria pública 2026 de ayudas económicas individuales dirigidas a menores de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos.
Decreto Foral 32/2021, del Consejo de Gobierno Foral de 20 de julio. Aprobar las bases generales reguladoras de la concesión de ayudas individuales que permitan favorecer la autonomía a personas con discapacidad y a menores de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo.
La resolución deberá dictarse y notificarse a la persona solicitante en el plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente a la recepción de la solicitud. No se computará a estos efectos el período de tiempo durante el cual el expediente se encuentre paralizado por causas imputables a la persona solicitante.
Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar ayudas dirigidas a menores de 0 a 6 años con trastornos del desarrollo o riesgo de padecerlos |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Autorización de enajenación, permuta o cesión de bienes patrimoniales de las entidades locales de Álava
Tramitar las autorizaciones para la enajenación de bienes patrimoniales de las Entidades Locales de Álava no comprendidos dentro de los bienes del Patrimonio Municipal del Suelo (PMS), ya sea mediante cesión, venta o permuta, donde el valor de ellos supere el porcentaje de los recursos ordinarios de la corporación que se establezcan en leyes y normas aplicables.
Entidades locales de Álava.
Departamento de Equilibrio Territorial.
Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (BOE 161 de 7 de julio de 1986).
3 meses
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Arabako toki erakundeen ondare ondasunak, Zoruaren Udal Ondarekoak (ZUO) ez direnak, besterentzeko, trukatzeko edo lagatzeko baimena eskatzea |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Evaluación ambiental
Servicio de Sostenibilidad ambiental.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Ley 10/2021, de 9 de diciembre, de Administración Ambiental de Euskadi.
Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica de Planes y Programas.
Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Evaluación Ambiental Estratégica. Simplificada |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Evaluación de Impacto Ambiental. Ordinaria |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Evaluación de Impacto Ambiental. Simplificada |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Evaluación Ambiental Estratégica. Ordinaria |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Alegaciones. Evaluación Ambiental Estratégica |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Alegaciones. Evaluación Ambiental Estratégica |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Informes ambientales |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
Pagos por Servicios Ambientales
Pagos por Servicios Ambientales que contribuyen a la conservación de hábitats, especies de fauna y flora y espacios o figuras legales de conservación.
Cualquier persona natural o jurídica, pública o privada, excluidas las entidades locales con población superior a 400 habitantes, que sean propietarios de terrenos o explotaciones con derecho a uso de los espacios que generen los servicios ambientales por uso, aprovechamiento o propiedad, en el Territorio Histórico de Álava (tanto personas físicas como jurídicas, y titulares de explotaciones ganaderas, juntas administrativas...)
Diputada del Departamento de Desarrollo Económico y Sostenibilidad
Orden Foral 246/2025, de la diputada de Desarrollo Económico y Sostenibilidad, de 23 de julio, que aprueba la convocatoria pública, en concurrencia competitiva, para el ejercicio 2025 de pagos por servicios ambientales sobre la base de lo establecido en el Decreto 51/2011, que aprobó la modificación de las bases generales reguladoras correspondientes a los pagos por servicios ambientales y a los pagos por compensación por lucro cesante en el Territorio Histórico de Álava
Orden Foral 264/2024, de la diputada de Sostenibilidad, Agricultura y Medio Natural, de 21 de mayo, que aprueba la convocatoria pública, en concurrencia competitiva, para el ejercicio 2024 de pagos por servicios ambientales sobre la base de lo establecido en el Decreto 51/2011, que aprobó la modificación de las bases generales reguladoras correspondientes a los pagos por servicios ambientales y a los pagos por compensación por lucro cesante en el Territorio Histórico de Álava
Bases reguladoras
Decreto Foral 51/2011, del Consejo de Diputados de 2 de agosto, que aprueba la modificación de las bases generales reguladoras correspondientes a los pagos por Servicios Ambientales y a los pagos por Compensación por Lucro Cesante en este Territorio Histórico, que fueron aprobadas por el Decreto Foral 50/2010, de 19 de octubre.
Un mes.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Conservación de fauna amenazada - Murciélagos |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Conservación de pastos - hábitats de interés |
Tramitación electrónica |
En plazo |
Iniciar |
| Conservación de fauna amenazada - Anfibios |
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Ayudas destinadas al acondicionamiento de caminos rurales de Álava y otras inversiones de interés para el fomento de las actividades agrarias realizadas por las entidades del medio rural para el año 2026
Estas ayudas están destinadas al acondicionamiento y mejora de caminos de acceso a explotaciones y caminos rurales
Entidades locales y ayuntamientos del Territorio Histórico de Álava que ostenten la titularidad de caminos rurales inscritos en el Registro de Caminos Rurales de la Diputación Foral de Álava, y/o aquellas otras entidades públicas que realicen las inversiones previstas en las bases reguladoras.
Tipos de inversiones:
Actuaciones de acondicionamiento y mejora en caminos como consecuencia de los daños ocasionados por lluvias torrenciales u otros fenómenos naturales, cuya urgencia y necesidad justifican una atención prioritaria dentro de la convocatoria:
- Entidades pertenecientes a los municipios de Baños de Ebro, Lagrán y Samaniego, y de forma aislada a las entidades locales de Amarita, Antezana de la Ribera, Arroiabe, Artaza-Escota, Basquiñuelas, Berantevilla, Hereña, Lacervilla, Lasierra, Leciñana de la Oca, Luna (incluye Guillarte), Menoio, Ormijana, Oteo, Páganos, Pipaón, Pobes, Retana y Tuyo.
Actuaciones de acondicionamiento, conservación, reparación y mejora de caminos existentes.
Otras inversiones de interés para el desarrollo agrario, tales como la adquisición de maquinaria destinada al mantenimiento de caminos, la ejecución de instalaciones o la realización de obras vinculadas a la actividad agraria.
Costes de actuaciones generales relativas a la redacción de proyecto de obra, dirección de obra, estudio o estudio básico de seguridad y salud y su coordinación, y cuantos estudios técnicos sean necesarios para ejecutar el proyecto de la inversión.
Servicio de Desarrollo agrario
Decreto Foral 13/2026, de 14 de abril por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas destinadas al acondicionamiento de caminos rurales y otras inversiones de interés para el fomento de las actividades agrarias realizadas por las entidades del medio rural
Decreto Foral 16/2026, de 5 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la corrección de error advertido en el anexo I del Decreto Foral 13/2026, de 14 de abril, de Consejo de Gobierno Foral
Acuerdo 271/2026, de 5 de mayo por el que se aprueba la convocatoria de ayudas destinadas al acondicionamiento de caminos rurales y otras inversiones de interés para el fomento de las actividades agrarias realizadas por las entidades del medio rural
- Plazo máximo de resolución y notificación: 6 meses
- Efecto del silencio administrativo: negativo
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar ayudas para la construcción, acondicionamiento, conservación, reparación y mejora de caminos rurales |
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Promoción de relaciones vecinales (Auzolan –Veredas)
La Convocatoria de Iniciativas para el Fomento de Relaciones Vecinales es un instrumento de cooperación de la Diputación Foral de Álava a través del cual se conceden ayudas a las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava destinadas a financiar actuaciones que sean susceptibles de ejecución por el sistema de auzolan/veredas.
Podrán acogerse a las ayudas de Programa de Iniciativas para el Fomento de las Relaciones Vecinales Auzolan-Veredas los Concejos alaveses, así como los Ayuntamientos alaveses de menos de 500 habitantes de carácter mononuclear, o de tamaño poblacional superior para actuaciones en sus barrios o núcleos de población que sean de adscripción directamente municipal, estén recogidos expresamente como tales en el Nomenclátor Foral de Álava, y su población no supere los 500 habitantes.
Departamento de Equilibrio Territorial
Acuerdo 241/2026, de 21 de abril, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la resolución de la línea de ayudas a las iniciativas para el fomento de las relaciones vecinales, aprobada por Acuerdo 291/2025, de 27 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral
Acuerdo 291/2025, de 27 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la convocatoria de la línea de ayudas destinadas a iniciativas al programa de fomento de relaciones vecinales de entidades locales del Territorio Histórico de Álava en 2026.
Norma Foral 21/2013, de 27 de junio de 2013, reguladora de los programas de ayudas a las Iniciativas para el Fomento de las Relaciones Vecinales y a la Ejecución de Obras Menores en las Entidades Locales de Álava.
La resolución del procedimiento y su notificación se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Norma Foral 21/2013, de 27 de junio.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitar ayudas para la promoción de relaciones vecinales. Convocatoria 2026 |
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| Justificar ayudas para la promoción de relaciones vecinales. Convocatoria 2026 |
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Ayudas para Obras Menores
La Convocatoria de ejecución de Obras Menores es un instrumento de cooperación de la Diputación Foral de Álava a través del cual se conceden ayudas a las Entidades Locales del Territorio Histórico de Álava destinadas a financiar pequeñas inversiones.
Podrán acogerse a las ayudas de Programa de Ejecución de Obras Menores las Cuadrillas del Territorio Histórico de Álava, los Concejos y los Ayuntamientos, excluido el de Vitoria-Gasteiz.
Departamento de Equilibrio Territorial
Acuerdo 244/2026, de 21 de abril, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la resolución de la línea de ayudas para la ejecución de obras menores, convocada por Acuerdo 295/2025, de 27 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral.
Acuerdo 295/2025, de 27 de mayo, del Consejo de Gobierno Foral. Aprobar la línea de ayudas destinadas al programa de ejecución de obras menores de entidades locales del Territorio Histórico de Álava en 2026.
Norma Foral 21/2013, de 27 de junio de 2013, reguladora de los programas de ayudas a las Iniciativas para el Fomento de las Relaciones Vecinales y a la Ejecución de Obras Menores en las Entidades Locales de Álava.
Plazo máximo de resolución y notificación: La resolución del procedimiento y su notificación se llevará a cabo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21 de la Norma Foral 21/2013, de 27 de junio.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitud de ayudas para Obras Menores. Convocatoria 2026 |
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| Justificar ayudas para Obras Menores. Convocatoria 2026 |
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Servicio de respiro. Estancias temporales en centros residenciales y centros de día para personas dependientes, con enfermedad mental crónica
Garantizar los cuidados que pueda necesitar una persona mayor en situación de dependencia o una persona con discapacidad, que habitualmente son proporcionados por su red socio-familiar de apoyo, ofreciendo a la persona cuidadora principal disponer de un tiempo para su descanso, o por cualquier otra eventualidad que le impida el ejercicio de sus funciones de cuidado.
Personas cuidadoras principales, habituales y no profesionales de otras que se encuentran en situación de dependencia o que tienen una discapacidad o una enfermedad mental crónica.
Requisitos:
-
Sin límite de edad.
-
Ser persona mayor valorada como en situación de dependencia o como persona en situación de discapacidad según la normativa vigente.
-
Estar empadronada en Álava.
No disponer de manera temporal de la red de apoyo necesaria para mantenerse en su domicilio.
¿Qué necesita hacer?
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|---|---|---|---|
| Solicitar servicio de respiro. Estancias temporales en centros residenciales y centros de día para personas dependientes, con enfermedad mental crónica |
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Servicio de respiro. Estancias temporales en centros residenciales y viviendas con apoyo para personas con discapacidad
Es un servicio que ofrece estancias temporales en centros residenciales y viviendas con apoyo, y tiene por objeto:
- Facilitar que la persona cuidadora disponga de un tiempo para sí misma y pueda reducir el nivel de carga asociado a las tareas de cuidado.
- Promover que la persona usuaria desarrolle la capacidad de adaptación a un nuevo entorno en previsión de necesidades futuras y poner en práctica competencias para su autonomía personal y social.
Personas con discapacidad empadronada en cualquiera de los municipios alaveses, que:
-
Estén empadronadas en la fecha de solicitud la persona usuaria y la persona cuidadora en el mismo domicilio situado en el Territorio Histórico de Álava. Y los 12 meses anteriores a la solicitud en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
-
Cumplan los requisitos de acceso al centro residencial o vivienda con apoyo.
- Acreditar la convivencia entre la persona usuaria y la persona cuidadora.
La Dirección – Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social a propuesta de la Subdirección Técnica del Área de Personas con Discapacidad.
Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad
-
INSTRUMENTO de Ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006.
BOE 20 abril de 2008. -
Ley 26, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad. BOE 184 de 2 de agosto de 2011 y posteriores correcciones. BOE 2011/10/08.
Integración social de personas con discapacidad
-
Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. BOE Nº 289 de 03/12/2013.
Calificación del grado de discapacidad
-
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. B.O.E. nº 22 26 de enero de 2000 y posteriores modificaciones. (BOE 2000/01/26, BOE 2003/10/04, BOE 2009/12/26, BOE 2012/10/11).
Dependencia
-
LEY 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. BOE Nº 299 de 15/12/2006.
REAL DECRETO 504/2007 Baremo de valoración de la situación de dependencia.
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava. BOTHA nº 98 de 1/09/2014 y sus posteriores correcciones y modificaciones (BOTHA 101, 2014; BOTHA 091, 2016; BOTHA 115, 2014; BOTHA 133 2014; BOTHA 090, 2015). -
Real Decreto 1082/2017, de 29 de diciembre, por el que se determina el nivel mínimo de protección garantizado a las personas beneficiarias del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. BOE Nº 317 de 30/12/2017
Servicios Sociales
-
Ley 12/2008 de 05 de Diciembre de Servicios Sociales.
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Decreto 257/1986, de 18 de noviembre, BOPV nº 237 – 1 de diciembre de 198, sobre Servicios Sociales para Personas con Minusvalía y posteriores modificaciones
-
Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
-
Decreto 185/2015, de 6 de octubre, de Cartera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales.
-
Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.
Plazo máximo para la resolución y notificación: 3 meses y medio a partir de la fecha de la solicitud
Efectos del silencio administrativo: Transcurrido el plazo máximo para resolver, sin que se haya emitido resolución expresa, se entenderá que es desestimatoria de la concesión del servicio.
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|---|---|---|---|
| Solicitar servicio de respiro |
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Centro de día para personas mayores en situación de dependencia
Centro de día para atender las necesidades derivadas de limitaciones en la autonomía
El servicio ofrece con carácter temporal o permanente, una atención individualizada e integral, durante el día, a personas mayores dependientes, que en su entorno habitual no pueden satisfacer adecuadamente sus necesidades por limitaciones físicas y/o psíquicas. Su objetivo es mejorar o mantener su nivel de autonomía personal y dar apoyo a sus cuidadores y cuidadoras habituales para que la persona pueda permanecer en su entorno el mayor tiempo posible.
-
Podrá ofrecer atención médica y de enfermería, rehabilitación y actividades terapéuticas.
- También se ofrece servicio de transporte adaptado.
-
En dos centros también se presta un servicio de respiro en fines de semana.
Personas de 65 años o más con dependencia, puntuación superior a 39 puntos, que:
-
Estén empadronadas en cualquiera de los municipios alaveses del Territorio Histórico de Álava.
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Tengan reconocido este recurso en el Plan Individualizado de Atención.
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Requieran un apoyo de media o alta intensidad para hacer las actividades de la vida diaria.
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No necesiten una atención sanitaria especializada y/o permanente fuera de las posibilidades de la red de servicios sociales.
- No rechacen el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa y/o enfermedad mental.
Dirección-Gerencia IFBS
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Decreto 202/2000, de 17 de octubre, sobre los Centros de Día para personas mayores dependientes. BOPV 214 –8 Noviembre de 2000.
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Decreto 185/2015, de cartera de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales. BOPV nº 2016, de 29 de octubre de 2015.
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Decreto Foral 36/2014, del Consejo de Diputados de 22 de julio, que regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la calificación de discapacidad, la existencia de trastornos del desarrollo o del riesgo de padecerlo y el derecho y procedimiento de acceso en tales condiciones a los servicios y prestaciones económicas de Servicios Sociales en Álava.
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Decreto Foral 8/2017, del Consejo de Gobierno Foral de 28 de febrero, que aprueba el Estatuto Básico de los Centros de Personas Mayores integrados en la red foral de servicios sociales de este Territorio Histórico, derogando el aprobado por Decreto Foral 19/2001, de 20 de febrero. BOTHA Nº 31 de 15/03/2017.
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Decreto Foral 31/2020, del Consejo de Gobierno Foral de 29 de septiembre. Aprobar la regulación de los precios públicos de los servicios provistos por el Instituto Foral de Bienestar Social.
Plazo máximo para la resolución y notificación: El reconocimiento del derecho a una plaza residencial es máximo de 6 meses desde la fecha de solicitud de reconocimiento de la dependencia.
¿Qué necesita hacer?
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|---|---|---|---|
| Solicitar centro de día para personas mayores en situación de dependencia |
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Premios Henrike Knörr 2026, para fomentar la investigación sobre el uso del euskera en el Territorio Histórico de Álava
Los premios Henrike Knörr tendrán por objeto fomentar la investigación sobre el uso del euskera, centrada en el Territorio Histórico de Álava (tanto en el conjunto del territorio como en una comarca o ámbito). Para ello, se priorizarán los proyectos de trabajo de fin de máster, pero también se aceptarán otros proyectos de trabajo monográficos de investigación, e incluso proyectos de trabajo de fin de grado, con el objetivo de impulsar tesis posteriores, siempre que el objeto de investigación principal sea el uso del euskera, estudiado desde cualquier campo de conocimiento.
- Ostentar la nacionalidad o residencia de algún Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo a fecha de publicación de las bases en el BOTHA.
- Ser personas físicas que estén realizando trabajos de fin de máster, proyectos de investigación monográficos o proyectos de trabajo de fin de grado, con la temática indicada en la base anterior. En todos los casos, el proyecto deberá estar avalado por un/a profesor/a doctor/a universitario/a.
Departamento de Igualdad, Euskera y Gobernanza.
Orden Foral 30/2026 del Diputado Foral de Igualdad, Euskera y Gobernanza, de 16 de abril, que aprueba la convocatoria de los premios Henrike Knörr 2026.
Decreto Foral 26/2022, del Consejo de Gobierno Foral de 21 de junio, que regula las bases generales de la concesión de premios del Departamento del Diputado General.
¿Qué necesita hacer?
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|---|---|---|---|
| Presentación por parte de las personas beneficiarias de los trabajos de investigación |
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| Presentación de solicitudes para los premios Henrike Knörr |
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Ayudas para hacer frente a los gastos de actividad para entidades sin ánimo de lucro del sector turístico alavés
La presente convocatoria tiene por objeto establecer las bases para proteger y dar soporte económico a las entidades sin ánimo de lucro del sector turístico alavés.
Asociaciones sin ánimo de lucro de ámbito provincial, y debidamente inscritas en el registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma, cuyo objeto social sea la promoción turística o desarrollen un proyecto turístico o gastronómico en el Territorio Histórico de Álava, estando excluidas expresamente como tales las Asociaciones de Desarrollo Rural.
Además, las entidades beneficiarias deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar domiciliada fiscalmente la actividad empresarial en el Territorio Histórico de Álava.
-
Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con Hacienda y con la Seguridad Social con carácter previo tanto al momento de la resolución de concesión como al del abono de la subvención.
Departamento de Empleo, Comercio Turismo y Administración Foral
Orden Foral 223/2026 de 23 de abril. Aprobar la convocatoria de ayudas para hacer frente a los gastos de actividad en entidades sin ánimo de lucro del sector turístico alavés en el ejercicio 2026.
Decreto Foral 49/2019 del Consejo de Gobierno Foral de 12 de noviembre por el que se aprueba las bases generales reguladoras de las subvenciones que se otorguen en el ámbito de las competencias de la Dirección de Fomento del Empleo, Comercio y Turismo.
Plazo de resolución: 6 meses.
Si transcurrido el plazo anterior no hubiese resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud.
¿Qué necesita hacer?
| Tramitación electrónica | En plazo | ||
|---|---|---|---|
| Solicitud a la convocatoria de ayudas para hacer frente a los gastos de actividad para entidades sin ánimo de lucro del sector turístico |
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| Justificación de la subvención |
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